El 2 de noviembre se celebra el Día de Muertos, una de las fechas más tradicionales del país en donde se honra la memoria de los fallecidos. Este día, las familias suelen poner ofrendas en sus casas para recibir a los que ya partieron, mientras que otros optan por acudir a los panteones y adornar sus tumbas. Debido a la importancia de esta fecha, surge la duda sobre si es un día festivo obligatorio. Aquí te decimos.
De acuerdo con la Ley Federal del Trabajo (LFT), un día festivo o día feriado es aquel que no es un día laborable y se considera como descanso obligatorio. Los días feriados tienen por finalidad que los trabajadores celebren, con entera libertad, las festividades cívicas o religiosas con goce de sueldo. Mientras que, quienes por alguna razón laboren en esas fechas, deben recibir un pago triple.
¿El 2 de noviembre es un día festivo?
Pese a la relevancia de esta celebración, el Día de Muertos no está considerado como un día oficial de descanso, de acuerdo con la Ley Federal del Trabajo, por lo que los trabajadores deben cumplir con sus obligaciones de siempre y con la paga habitual.
¿Cuáles son los días feriados en México?
Los días de descanso obligatorio se encuentran señalados en el artículo 74 de la LFT, siendo estos:
- El 1o. de enero, por Año Nuevo.
- El primer lunes de febrero en conmemoración del 5 de febrero, Día de la Constitución Mexicana.
- El tercer lunes de marzo en conmemoración del 21 de marzo, por el natalicio de Benito Juárez.
- El 1o. de mayo, por el Día del Trabajo.
- El 16 de septiembre, por la Independencia de México.
- El tercer lunes de noviembre en conmemoración del 20 de noviembre, por el Día de la Revolución Mexicana.
- El 1o. de diciembre de cada seis años, cuando corresponda a la transmisión del Poder Ejecutivo Federal;
- El 25 de diciembre, por Navidad.
- El que determinen las leyes federales y locales electorales, en el caso de elecciones ordinarias, para efectuar la jornada electoral.
Así, de acuerdo con lo establecido por la LFT, en noviembre sólo hay un día festivo oficial: este año será el 18, por lo que ese día los trabajadores pueden gozar de un día de descanso con su sueldo habitual y en caso de laborar, deben recibir el pago del día más el doble del mismo.
Ante cualquier inconsistencia con su sueldo, los trabajadores pueden acudir a la Procuraduría Federal de la Defensa del Trabajo (Profedet) para denunciarlo.
ZNR