¿Cómo le hago para tramitar un acta de defunción en Guanajuato?

¿Necesitas un acta de defunción? Aquí te compartimos los requisitos que debes presentar si eres de Guanajuato

¿Cómo tramitar un acta de defunción en Guanajuato? / Especial
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Si tienes la necesidad de tramitar un acta de defunción pero no sabes cómo hacerlo o por dónde empezar, ya que es posible que la naturaleza que implica este trámite no figure mucho en nuestros pendientes, aquí te decimos el proceso que debes llevar para adquirir este documento en el estado de Guanajuato.

El Registro Civil del Estado de Guanajuato pone a disposición de la población una lista de requisitos necesarios para poder obtener este documento:

  • Certificado de defunción expedido por el médico certificante en original.
  • Identificación oficial vigente con fotografía, de un declarante, que en todo caso será un familiar del difunto, quien deberá comparecer al levantamiento del acta de defunción o del solicitante que acuda a insertar acta de defunción extranjera, original y copia.
  • Oficio original del Ministerio Público que autorice la inhumación o cremación del cadáver en caso de muerte violenta u ocurrida en la vía pública.
  • Acta de Nacimiento del finado, para poder acreditar el nombre de los padres del mismo.
  • Permiso de traslado del sector salud y el del municipio que autoriza el traslado del finado, cuando vaya a ser inhumado o cremado en Municipio o Estado distinto de donde ocurrió el deceso, original.

  • Certificación del acta de defunción levantada por el Registro civil del lugar donde ocurrió la muerte o bien el tanto de interesado del acta de defunción, cuando el finado proceda de otro Municipio o Estado al de donde se va inhumar o cremar, original y copia.
  • Permiso para cremación del Sector Salud, sólo en caso de que el cadáver vaya a ser cremado, original.

En caso de que el fallecimiento haya tenido lugar en el extranjero:

  • Acta de Defunción apostillada o legalizada del país donde ocurrió el deceso, por el traslado del cadáver, con traducción al español si está en otro idioma, por perito autorizado por Registro Civil o por Cónsul mexicano, original y copia.
  • Permiso de traslado validado por el consulado mexicano, en su caso, cuando se trate de cadáveres procedentes del extranjero, original y copia
  • Para inserción de acta de defunción levantada en el extranjero, es necesaria para acreditar la nacionalidad mexicana, original y copia.


Este trámite es sin costo; en cuanto a las cremaciones, inhumaciones y embalsamamientos, sólo se podrán realizar si han transcurrido por lo menos 12 horas del fallecimiento y dentro de las 48 horas de ocurrido el deceso.

PCQG

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