Regios piden apoyar a personas que trabajan en cruceros: “tienen talento”

Desde malabaristas, vendedores ambulantes, hasta personas quienes ofrecen un servicio de lavado express son los que, de esta manera, día con día se ganan unas monedas.

Automovilistas regios opinan sobre el trabajo de los artistas urbanos | Especial
Monterrey /

Distintas opiniones surgen entre los regios acerca de las personas que, por medio de alguna actividad, se ganan la vida en los cruceros, pero observarlos prácticamente de manera diaria les ha dado a los automovilistas la experiencia para calificar su talento, o incluso en muchas ocasiones su modo de vivir.

Desde malabaristas, vendedores ambulantes, hasta personas quienes ofrecen un servicio de lavado express son los que, de esta manera, día con día se ganan unas monedas.

A decir de algunos conductores, el talento que ofrecen es merecedor de alguna cantidad de dinero que tengan disponible al momento de verlos en ciertas avenidas.

“Muy bien, hay que apoyarlos con alguna moneda porque no encuentran trabajo y aquí los tenemos”, comentó un hombre.
“Hay muchos talentos, muchos que sí les hace falta el apoyo”.

Sin embargo, la descalificación de algunas personas va en referencia principalmente al peligro que involucra su actividad.

“Bien, pero mucho peligro para ellos”.

Mientras tanto, automovilistas del área metropolitana de Monterrey seguirán siendo público de quienes buscan llevarles un momento ameno, en medio del tráfico que prácticamente a todas horas del día predomina en la ciudad.

Casos que no se reconocen como accidente laboral

Existen ciertos supuestos en los que, aunque el trabajador tenga un accidente trabajando no se considerará accidente laboral, y son los siguientes:

  • Cuando ocurra por fuerza mayor y por causas ajenas al trabajo, como por ejemplo los fenómenos naturales de un tornado o un terremoto. Pero si el trabajador ejerce su puesto de trabajo al aire libre y sufre una insolación si se consideraría accidente de trabajo.
  • En el caso de que sea causado por terceras personas ajenas a la empresa.
  • Si se produce porque el trabajador no ha cumplido con las normas de seguridad de la empresa, siempre y cuando ésta le haya informado bien sobre estas normas.
  • Cuando el trabajador lo haya provocado intencionadamente, con mala fe.
  • Cuando el accidente sea calificado como “no laboral” y el trabajador no esté conforme, puede presentar una reclamación en las oficinas del Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS).

Derechos del trabajador accidentado

El trabajador que sufre un accidente de trabajo tiene una serie de derechos, porque el empresario cotiza por él a la seguridad social por los conceptos de accidentes de trabajo y enfermedad profesional.

Los derechos de un trabajador que sufre un accidente laboral son los siguientes:

  • Asistencia médica
  • Prestación de incapacidad temporal
  • Indemnización por muerte del trabajador
  • Indemnización por incapacidad permanente
  • Indemnización por lesión física definitiva
  • Indemnización por convenio colectivo
  • Indemnización por falta del empresario

Esto se puede reportar al 911

Emergencias médicas: accidentes vehiculares con heridas, personas electrocutadas, infartos, sobredosis, trabajos de parto y personas ahogadas.

Emergencias de Protección Civil: incendios, explosiones, derrumbes, erupciones volcánicas, inundaciones y animales peligrosos.

Emergencias de servicios públicos: asistencia social, infraestructura, alcantarillado y drenaje, árboles caídos, cables colgando o un corto circuito.

Emergencias de seguridad: disparos de arma de fuego, violencia familiar, abuso sexual, homicidio y allanamiento de morada.



alhv

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