En CdMx, entra en vigor nuevo Reglamento de Cementerios, Crematorios y Servicios Funerarios

El reglamento obliga a los panteones a tener cámaras de video vigilancia conectadas al C5 para el monitoreo las 24 horas de los 365 días.

Panteones / Apolonia Amayo
Ciudad de México. /

El gobierno de la Ciudad de México informó que entró en vigor el Reglamento de Cementerios, Crematorios y Servicios Funerarios en la capital del país, mismo que tiene como objetivo regular el establecimiento, funcionamiento, conservación, operación, administración y vigilancia en panteones, crematorios y servicios crematorios civiles y concesionados.

Mediante un comunicado, el gobierno capitalino indicó que dentro del Reglamento de Cementerios destaca el derecho a la memoria de los difuntos de manera digna, pues cada panteón construirá un memorial, donde se alojarán restos humanos, cuya temporalidad feneció y no se cuenta con una renovación por parte de los deudos.

De acuerdo con la administración de la Ciudad de México, el reglamento estableció que todos los cementerios y crematorios contarán con cámaras de videovigilancia, las cuales tendrán conexión directa con el Centro de Comando, Control, Cómputo, Comunicaciones y Contacto Ciudadano (C5) de la Ciudad de México las 24 horas del día, los 365 días del año.

Gracias al nuevo reglamento también se crearon el sistema de Registro de Cementerios, Crematorios y Servicios Funerarios en el que se reunirá la información relacionada a la recuperación de fosas, criptas, gavetas y nichos en estado de abandono; el registro de las personas trabajadoras y encargadas de cementerios en cualquiera de sus modalidades; y el alojamiento de restos humanos, restos humanos áridos, cremados y cumplidos; entre otros datos.

Todas las alcaldías de la Ciudad de México serán las responsables de determinar el personal que trabaje en las oficinas administrativas vinculadas a labores relacionadas a cementerios y crematorios. Además, se restableció la corresponsabilidad con los directories de área encargados de dichas oficinas.

Sin embargo, las personas encargadas de los cementerios y crematorios encargadas deberán contar con diversos requisitos, tal y como aprobar un examen de control y de confianza, además de no contar con antecedentes penales.

La Secretaría de Trabajo y Fomento al Empleo se coordinará con las alcaldías de la Ciudad de México para emprender una campaña de información en los cementerios civiles para informar a las personas que prestarán los servicios externos de los requisitos con los que deben cumplir para tramitar su licencia, con previa autorización de la demarcación.

La Agencia de Protección Sanitaria de la Secretaría de Salud (Sedesa) será la encargada de llevar a cabo las gestiones necesarias para que el Instituto de Servicios Periciales y Ciencias Forenses del Tribunal Superior de Justicia capacite al personal adscrito a las alcaldías en el correcto manejo de cadáveres.

​Las infracciones y sanciones a las normas contenidas en el Reglamento irán desde una amonestación y multas de una a 50 veces la Unidad de Medida y Actualización vigente, hasta la cancelación definitiva de la autorización o concesión de los cementerios.

Dichas sanciones se aplicarán con independencia de las que pudieran determinarse en materia de desaparición forzada de personas, desaparición cometida por particulares y otros delitos relacionados.

También se creó la Comisión Consultiva de Servicios Funerarios en la Ciudad de México, integrada por diversas autoridades y serán invitados representantes del Tribunal Superior de Justicia, la Fiscalía General de Justicia, ambos de la Ciudad de México y actores del sector privado, y asociaciones religiosas; lo anterior, con la finalidad de garantizar el cumplimiento del reglamento.

Las alcaldías tendrán el plazo de un año para llevar a cabo la profesionalización del personal que presta directamente el servicio público de cementerios. Asimismo, contarán con 180 días hábiles para emitir los documentos contemplados en el Reglamento.

Las alcaldías y los concesionarios contarán con 60 días hábiles para actualizar o emitir sus Manuales de Operación, los cuales deberán someterse para la aprobación de la Consejería Jurídica y de Servicios Legales (CEJUR).

En un término de 90 días hábiles, cada alcaldía deberá remitir a la CEJUR un diagnóstico del estado en que se encuentran los cementerios civiles respecto al derecho de temporalidades vigentes y osarios; lo anterior con la finalidad de determinar la cremación o trituración de los restos humanos cumplidos para integrarlos a los Memoriales

La CEJUR, en coordinación con la Agencia Digital de Innovación Pública, deberá implementar el Sistema de Registro de Cementerios, Crematorios y Servicios Funerarios en un término de un año.

KT

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