Luego de dos años de tenerla en comisiones, este martes el Congreso de Coahuila aprobó apenas la nueva Ley en Materia de Desaparición de Personas del Estado de Coahuila de Zaragoza; que retoma las propuestas y demandas de los familiares, entre ellos los componentes forenses o de cuerpos de policías especializados adscritos a las comisiones existentes, que quedaron fuera de la Ley anterior.
Este martes fue aprobado el Dictamen de la Comisión de Gobernación, Puntos Constitucionales y Justicia, relativo a una Iniciativa con Proyecto de Decreto que crea el nuevo ordenamiento, y que fue suscrita por el entonces gobernador Miguel Ángel Riquelme Solís.
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¿Cómo fue la aprobación de la ley?
En la exposición de motivos, el área jurídica del Ejecutivo plasma que la legislación que estuvo vigente hasta ahora, no se apegó en su contenido y orden de los artículos “a las técnicas de redacción legislativa que generalmente tienen este tipo ordenamientos y que permiten una fácil lectura e identificación de sus disposiciones y contenido”.
María Guadalupe Oyervides, diputada local, expresó que la nueva legislación es “un compendio que ya tenían bastantito tiempo de haberlo solicitado”, refiriéndose a las familias de personas desaparecidas.
Subrayó que las leyes secundarias tienen que ver con vivienda, programas sociales y una serie de beneficios que van implementados para este grupo de la población, además de armonizar la ley local a la ley general e incluir “los mismos conceptos que las familias estuvieron buscando”.
Abundó en que además se abordan los procedimientos de búsqueda “pero ya en un ordenamiento legal, que obliga a las autoridades, al Fiscal y a las Fiscalías Especializadas, que estas búsquedas sean conforme a un protocolo y a un procedimiento”.
Además se les contempla en todos los programas sociales que emane del Gobierno del Estado de Coahuila, indicó que el compendio de leyes se retrasó en pasar al pleno debido a que se realizaron una serie de consultas y foros para concretar la propuesta de ley.
¿En qué consiste la nueva ley?
Aunque en el estado existe el reconocimiento, en el orden constitucional local, del derecho de toda persona desaparecida a ser buscada, identificada y reintegrada a su núcleo familiar, el derecho de sus familiares y seres queridos a buscar, así como la incorporación de los principios rectores para la búsqueda emitidos por el Comité contra Desaparición Forzada de Personas de la Organización de las Naciones Unidas, no se tenía contemplados mecanismos para su aplicación: “al realizar un análisis amplio de la legislación local, es posible advertir la necesidad de incorporar los mecanismos que garanticen el ejercicio de esos derechos y la observancia de los principios referidos en diversas disposiciones estatales”, señala la iniciativa.
Asimismo, era necesario armonizar la legislación local con base a las obligaciones que derivan del protocolo homologado de búsqueda, y el protocolo adicional para la búsqueda de niñas y niños, principalmente en los aspectos relacionados con la coordinación en las acciones de búsqueda a cargo de instituciones “que en efecto tienen obligaciones precisas en esa tarea”.
KM