Cae andamio de construcción en la colonia Narvarte; hay un muerto y un herido

Dos hombres que trabajan en una construcción en la colonia Narvarte cayeron al vacío luego de que el andamio sobre el que estaban colapsara.

Los hombres que se encontraban sobre el andamio resultaron gravemente lesionados | Especial
Ciudad de México /

Un hombre murió y otro más resultó lesionado, la tarde de este miércoles, tras la caída de un andamio sobre el que se encontraban mientras realizaban trabajos en una construcción en la colonia Narvarte, en la alcaldía Benito Juárez.

Los hechos ocurrieron en el inmueble 58 de la calle Icacos, en la colonia Narvarte, donde los hombres realizaban sus labores en la construcción, pero al desprenderse el andamio donde se encontraban cayeron al vacío.


Personas que presenciaron los hechos solicitaron de inmediato el apoyo de los equipos de emergencia, quienes acudieron al lugar para atender la emergencia.

A la zona del percance acudieron elementos de la Secretaría de Seguridad Ciudadana (SSC), del H. Cuerpo de Bomberos capitalino y paramédicos para dar atención a los lesionados.

De acuerdo con los primeros reportes de las autoridades, los dos hombres afectados fueron trasladados en una ambulancia a un hospital de la zona, sin embargo, debido a las graves lesiones, uno de ellos murió dentro del vehículo. En tanto, el otro hombre fue ingresado al hospital para su revisión. .

En la zona del accidente permanecen elementos de la SSC en espera de peritos de la Fiscalía General de Justicia de la Ciudad de México (FGJ-CdMx), quienes realizarán las investigaciones correspondientes para determinar cómo ocurrieron los hechos y deslindar responsabilidades.


¿Qué pasa si sufro un accidente durante el trabajo?

De acuerdo con la Ley Federal del Trabajo, se considera como riesgo de trabajo los accidentes y enfermedades a los que están expuestos los trabajadores en ejercicio o con motivo de las actividades que realiza en su jornada laboral.

Así, un accidente de trabajo se considera como una lesión orgánica o perturbación funcional, inmediata o posterior, o la muerte producida repentinamente en ejercicio o con motivo del trabajo, cualesquiera que sean el lugar y el tiempo en que se preste.


Los trabajadores que sufran un riesgo de trabajo tendrán derecho a lo siguiente:

  • Asistencia médica y quirúrgica
  • Rehabilitación
  • Hospitalización, cuando el caso lo requiera
  • Medicamentos y material de curación
  • Los aparatos de prótesis y ortopedia necesarios
  • Indemnización

Cabe destacar que el patrón es responsable de la seguridad e higiene y de la prevención de los riesgos en el trabajo.

Asimismo, es obligación de los trabajadores observar las medidas preventivas de seguridad e higiene que establecen los reglamentos y las normas que indiquen los patrones para la prevención de riesgos de trabajo.

Ante un accidente de trabajo, el patrón queda obligado a prestar los primeros auxilios y a cuidar del traslado del trabajador a su domicilio o a un centro médico.


​ZNR

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