¡No más maltrato infantil! Congreso de Puebla aprueba "Ley Chancla"

También conocida como "Ley Anti Chancla", busca disminuir la disciplina violenta que ejercen padres de familia o tutores contra menores de edad.

Congreso de Puebla aprueba "Ley Chancla" contra el maltrato infantil / Raúl Palacios
Puebla, Puebla /

A fin de proteger a los menores de edad de cualquier forma de acto de maltrato físico o mental, descuido o trato negligente, explotación, incluso abuso sexual, el Congreso de Puebla aprobó la denominada "Ley Chancla", por lo que la disciplina violenta que conlleva a la agresión física y humillante por parte del padre, madre o tutores, no podrá cometerse más.

Con esta aprobación, en Puebla se reformarán las fracciones VII y VIII del artículo 62; y se adiciona la fracción IX al artículo 62 de la Ley de los Derechos de las Niñas, Niños y Adolescentes del Estado de Puebla.

Al respecto, la diputada Mónica Rodríguez Della Vecchia, dijo que el maltrato infantil es un tema de interés social porque las consecuencias que deja en los infantes puede ser de por vida, además de que las conductas de violencia sean repetidas por estos menores cuando estén en su etapa adulta.

Della Vecchia precisó que de acuerdo a la Organización Mundial de la Salud (OMS) una cuarta parte de todas personas adultas han manifestado haber sufrido maltratos físicos en su infancia, afectando su salud mental.

“El castigo corporal y otras formas de castigo son todavía usados como medio de disciplina y peor aún en México 6 de cada 10 infantes de entre 1 y 14 años han experimentado un método de disciplina violenta”.

La panista precisó que en esta homologación con la ley federal para el estado de Puebla fueron agregados dos aspectos para que los niños tengan una educación sin violencia, maltrato y humillaciones.

Así como en Puebla, el pasado 22 de febrero el Congreso de la Ciudad de México aprobó la "Ley Chancla" para disminuir los casos de maltrato infantil, la cual prohíbe castigos físicos como como golpes con la mano o un objeto, empujones, pellizcos, mordidas, tirones de cabello u orejas, quemaduras, posturas incómodas, ingesta de alimentos hirviendo.

Además, se considera maltrato psicológico al trato que denigre, estigmatice, desvalorice, ridiculice o menosprecie la integridad de un menor de edad.

rato ofensivo

En la Ciudad de México, si alguna persona infringe esta ley; podría recibir una sentencia de seis meses o hasta seis años en la cárcel, la condena es definida de acuerdo con el tipo y forma de la agresión.

AGA

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