‘Se ponchan llantas gratis’ es una leyenda que comúnmente se encuentra en las entradas de casas o edificios, con el propósito de que las personas no bloqueen el paso estacionando sus autos.
Sin embargo, el ponchar llantas no es una actividad legal, pues se considera daño a propiedad privada, lo cual está penado en el Código Penal.
Dicha ley establece en su artículo 399 que destruir bienes ajenos es considerado robo simple y se sanciona como tal.
“Cuando por cualquier medio se causen daño, destrucción o deterioro de cosa ajena, o de cosa propia en perjuicio de tercero, se aplicarán las sanciones del robo simple”, establece el artículo.
Por su parte, el artículo 399 BIS establece que este delito se perseguirá por querella de la parte ofendida para la persecución de terceros que incurrieron en el delito.
¿Cuáles son las sanciones por ponchar llantas?
El artículo 370 de dicha ley indica que las sanciones por robo simple son:
- Cuando el valor de lo robado no exceda de 100 veces el salario, se impondrá hasta 2 años de prisión y multa hasta de 100 veces el salario.
- Cuando exceda de cien veces el salario, pero no de quinientas, la sanción será de 2 a 4 años de prisión y multa de 100 hasta 180 veces el salario.
- Cuando exceda de quinientas veces el salario, la sanción será de 4 a 10 años de prisión y multa de 180 hasta 500 veces el salario.
¿Qué pasa si apartan lugares con botes en la calle para estacionarse?
En la Ciudad de México es común que las personas aparten lugares de estacionamiento con botes. Sin embargo, ésta también es una acción ilegal.
La Ley de Cultura Cívica de la Ciudad de México establece en el artículo 28 fracción II que impedir o estorbar de cualquier forma el uso de la vía y el espacio público, la libertad de tránsito o de acción de las personas, sin que exista un permiso o causa justificada es una infracción.
Las personas que incurran en esta acción pueden ser acreedoras a diferentes sanciones como multas económicas, trabajo comunitario y hasta arresto.
- Multa de mil 141 a cuatro mil 149 pesos.
- Arresto de 13 a 24 horas.
- Trabajo comunitario de seis a 12 horas.
Si presencias esta acción puedes denunciarla a Locatel de la siguiente manera;
- Por teléfono: 55 56 58 11.
- En la página de internet de Locatel.
ZNR