El desalojo que se dio a perros de asitencia y sus entrenadores en la estación San Antonio, de la Línea 7 del Sistema de Transporte Colectivo Metro, se debió a una falta de comunicación entre ambas partes, aseguró el servicio de transporte público.
En un video difundido a través de redes sociales, Márgara Bravo, de la Escuela de Entrenamiento para Perros de Asistencia Owen Care IAP, publicó un video que se viralizó y en el que denunciaba la forma de actuar de los funcionarios del Metro.
“Vamos escoltados como si fuéramos ‘rateros’ , cuando por ley tenemos el libre acceso. Aquí en el metro de San Antonio”, dijo.
Según el artículo 230 de la Ley de Movilidad, la entrada de animales de asistencia o servicio al transporte público, está permitido; sin embargo, el sistema señala que no hubo comunicación con el metro con los jefes de estaciones para su entrenamiento dentro de las instalaciones.
En una tarjeta informativa, la Secretaría de Seguridad Ciudadana (SSC) de la Ciudad de México, sostuvo que el desalojo por oficiales de la Policía Bancaria e Industrial (PBI) de las personas con tres perros guías, se dio luego de que los funcionarios solicitaron el permiso a los usuarios, quienes dijeron que no contaban con este.
“Conforme a los protocolos del STC Metro los policías solicitaron autorización al jefe de Estación, quien explicó que no podían acceder toda vez que los cánidos solo pueden ingresar con personas con discapacidad visual, y no para llevar a cabo funciones de adiestramiento al interior del Sistema, retirándose de las instalaciones, hecho que provocó molestia a los usuarios referidos”, dijo.
Señaló que el área de Atención al Usuario del Metro da seguimiento a la situación e hizo contacto directo con una de las usuarias que trasladaban a los canes, con la finalidad de generar un canal de interlocución adecuado y atender su queja. Al respecto se fijó fecha para una reunión presencial.
En el Metro está permitida la entrada con animales de asistencia o de servicio (perros guía)(Art. 230, numeral XII del Reglamento de la Ley de Movilidad); sin embargo, cuando están en proceso de entrenamiento se solicita establecer la comunicación adecuada con las áreas de operación y seguridad, ello para garantizar la integridad de las personas usuarias y que la actividad de entrenamiento se realice en seguimiento a los protocolos de seguridad del organismo.
“De este evento, la Dirección de Supervisión y Evaluación Corporativa de la Policía Bancaria e Industrial tomó conocimiento para realizar las investigaciones correspondientes y mandar llamar a los efectivos involucrados”, concluyó la SSC.
COG