El gobernador del Estado de México, Alfredo Del Mazo Maza, promulgó una ley que permite que las parejas del mismo sexo puedan casarme en la entidad. Este derecho será efectivo a partir de este 2 de noviembre.
La promulgación de este documento se dió tras la aprobación del congreso mexiquense de por mayoría de votos, que permite la unión entre parejas del mismo sexo, el pasado 11 de octubre.
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En este sentido, las modificaciones que se hicieron, fueron al Código Civil de la entidad mexiquense y con ello, entran en vigor las responsabilidades y derechos que la comunidad LGBT tendrá en el Estado de México.
Disposiciones legales
El primer concepto que cambia es el de matrimonio y quedó como “una institución de carácter público e interés social, por medio de la cual dos personas de manera libre y voluntaria deciden compartir un estado de vida para la búsqueda de su realización personal y conyugal, bajo las formalidades y solemnidades”, de acuerdo con el artículo 4.1 BIS del citado código.
Una de las limitantes que estableció la ley fue que solo pueden contraer matrimonio aquellas personas que tengan 18 años cumplidos al momento de solicitar el reconocimiento.
“Las enfermedades crónicas e incurables que sean contagiosas o hereditarias, salvo cuando por escrito sean aceptadas por el otro contrayente”, son un impedimento para la unión.
Aunado a ello, dan una serie de derechos para estas parejas, como el pedir la nulidad por embriaguez y uso de estupefacientes, psicotrópicos o de cualquier otra sustancia que altere la conducta y produzca dependencia. Puede ser solicitada por el cónyuge agraviado, seis meses a partir desde que inició el matrimonio.
También consideran el concubinato entre parejas del mismo sexo, al ser la unión entre dos personas, que sin estar casadas y sin impedimentos legales para contraer matrimonio, viven juntas, por al menos un año.
Entre los derechos que también adquieren están las “obligaciones alimentarias, de familia, hereditarios y de protección contra la violencia familiar reconocidos en el presente Código y en otras disposiciones legales, así como los establecidos para los cónyuges, en todo aquello que les sea aplicables”.
ZNR