En Tepito, retiran más de 30 'chelerías' por violar la ley

En octubre de 2022 el gobierno capitalino publicó las disposiciones para prohibir la venta de alcohol en tianguis y bazares.

Chelería en Tepito /Cuartoscuro
Ciudad de México /

La música y el baile se acabó en la zona de Tepito. Autoridades del gobierno de la Ciudad de México realizaron un operativo para retirar ‘chelerías’ que operaban en la locación.

Ello, en un tramo del Eje 1 Norte, donde se retiraron 38 establecimientos, quienes violaron la regulación que prohíbe la venta de alcohol en tianguis, bazares y puestos ambulantes.

Durante la madrugada del 9 de febrero, las autoridades capitalinas realizaron un operativo; los comerciantes se negaban a retirarse y a no acatar la regulación.

“Es nuestro trabajo, con eso sacamos una moneda, como todos. Por eso no me parece bien; no tenemos algún problema, porque sabemos respetar los horarios y sabemos apara la música a la hora adecuada, retirar a la gente y todo para que no haya algún problema”, dijo a TELEDIARIO Manuel, uno de los encargados de los puestos con venta de alcohol.
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Los comerciantes se habían comprometido a que el pasado 12 de enero se retirarían de manera voluntaria de la zona; al no acatar la medida, las autoridades procedieron a su retiro.

En un recorrido por la zona se encontró que tras el operativo sólo había un carrito que vendía de manera discreta los productos.

¿Desde cuándo están prohibidas las chelerías en la calle?

En octubre del año pasado, el gobierno de la Ciudad de México estipuló que la venta de alcohol en tianguis y bazares será motivo de revocación del permiso de operación, de acuerdo al artículo 43, en la Gaceta Oficial de la capital.

Con ello, se prohibió la venta de diversos productos en dichos establecimientos:

  • Bebidas embriagantes
  • Medicamentos
  • Animales exóticos y/o en peligro de extinción
  • Telefonía celular
  • Pirotecnia o cualquier otra mercancía o actividad ilícita
  • Realización de actividades como tatuajes, perforaciones o micro pigmentación
  • Ocupar el espacio público en un horario y días no autorizado por la Secretaría


CMOG 

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