Pasar por alto la obligación de dar manutención a la familia es un delito que se mantiene en constante crecimiento en el estado de Guanajuato, pues según las cifras de Secretariado Ejecutivo del Sistema Nacional de Seguridad Pública (SESNSP) en lo que va del 2023 los reportes por este delito han aumentado un 30 por ciento en comparación con el mismo periodo pero del año anterior.
Del mes de enero al mes de agosto del 2022, Guanajuato registró 1 mil 628 reportes, mientras que en 2023 se denunciaron 2 mil 116, marcando una diferencia de al menos 488 reportes más que el año anterior.
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Las denuncias presentadas por incumplimiento de obligaciones de asistencia familiar en Guanajuato, durante los ocho meses del actual año se desglosan de la siguiente manera: enero con 203, febrero con 196, marzo con 222, abril con 226, mayo con 284, junio con 277, julio con 209, agosto con 265, y septiembre cerró con 234 reportes.
Según el artículo 215 del Código Penal para el Estado de Guanajuato, el Incumplimiento de las Obligaciones de Asistencia Familiar sucede cuando una persona deja de proveer de manera total parcial con las obligaciones alimentarias y se sanciona con desde seis meses, hasta tres años de prisión y de cinco hasta días de multa. “ARTÍCULO 215. A quien injustificadamente deje de satisfacer obligaciones alimentarias, total o parcialmente, se le impondrá una punibilidad de seis meses a tres años de prisión y de cinco a treinta días multa, además del pago de alimentos caídos en términos de la legislación civil”, señala el documento”.
Por su parte durante el 2022 las denuncias interpuestas por mes fueron: enero con 195, febrero con 170, marzo con 211, abril con 150, mayo con 179, junio con 174, julio con 175, agosto con 181, septiembre finalizó con 193 denuncias.
De esta manera, el estado de Guanajuato ha ocupado desde un par de años las primeras posiciones a nivel nacional con más denuncias por el delito de incumplimiento de obligaciones de asistencia familiar.
Datos solicitados en el Registro de Deudores alimentarios
La página Justia, en donde se divulgan temas sobre derecho, señala que los datos de registro para personas de deudoras son los siguientes.
- Nombre y apellidos del deudor alimentario
- Clave Única del Registro de Población (CURP) del deudor alimentario
- Nombre del acreedor o acreedores alimentarios
- Datos del acta que acredite el vínculo entre deudor y acreedor alimentario
- Número de acreedores alimentarios
- Número de pagos incumplidos
- Monto del adeudo alimentario
- Órgano jurisdiccional que ordena el registro
- Número de expediente, causa jurisdiccional, convenio de mediación o conciliación del que del que deriva la inscripción
El registro de deudores a cargo de distintas instituciones
Cabe mencionar que en cada estado el Registro de deudores alimentarios se encuentra a cargo de diferentes instituciones. Por ejemplo, en la Ciudad de México y Chiapas el Registro Civil es quien lleva el registro, mientras que en Coahuila, es el Poder Judicial quien lleva el registro.