Una jueza federal ordenó al ministerio de Registro Civil de Jojutla, en Cuernavaca, Morelos, que expidiera de forma gratuita la primera acta de nacimiento de una niña de siete años. Además, en el documento se reconoce la paternidad del padre biológico, luego de que en un principio autoridades negaron cualquier parentesco con la menor.
En Jojutla, un hombre presentó una demanda en contra de la oficial del Registro Civil encargada de emitir las actas de nacimiento, debido a que la funcionaria le negó el registro oficial de su hija de siete años, pues alegó que él no era el padre biológico de la niña, sino la anterior pareja de la madre, quien falleció en 2021.
Tras la negativa del Registro Civil, el padre se vio obligado a recurrir ante las autoridades del ministerio público para solicitar que se le reconociera su paternidad y se le otorgase a su hija el acta de nacimiento que le correspondía por derecho.
¿Cómo comprobó el hombre que él era el padre biológico de la menor de siete años?
Ante el fallecimiento de la madre, el afectado presentó la constancia de alumbramiento en la que se ratifica que la niña fue producto de la concepción de él y la madre, por lo que al tener conocimiento del caso, la jueza Martha Eugenia Magaña López, del quinto de distrito de la entidad de Cuernavaca, Morelos, mandó a realizar una prueba pericial en materia genética.
Posteriormente, el examen de ADN arrojó un índice de probabilidad de 99.9999 por ciento de coincidencia genética, por lo que se confirmó la paternidad del hombre afectado.
Asimismo, la jueza Magaña López aseguró que el examen de paternidad de ADN fue hecho mediante cada uno de los protocolos establecidos por la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), por lo que en todo momento se respetaron los derechos de la pequeña de siete años que prevé la Constitución mexicana.
Derivado de los resultados genéticos, la ministra Martha Eugenia Magaña decretó el registro y la expedición inmediata del acta de nacimiento de la menor, pues declaró que no existían argumentos válidos para desvirtuar el vínculo consanguíneo o los lazos del padre biológico con la niña.
Asimismo, durante el decreto se mandó el restablecimiento de los derechos vulnerados durante el proceso de acusación e investigación, por lo que la juzgadora también consideró que se debían inaplicar algunos de los artículos del Código Familiar de Morelos, los cuales impedían que se le otorgará dicho documento al afectado.
"Consideró que negar el registro de la niña y no expedir la constancia respectiva, vulnera el derecho humano a la identidad, por lo que otorgó la protección de la justicia federal al papá de la menor", ordenó la jueza Martha Eugenia Magaña.
JC