Tras considerarlo como un mecanismo de censura estatal, un juez federal concedió un amparo en contra del término 'ciberasedio', contenido en el artículo 480 del Código Penal de Puebla reformado en 2025 por el Congreso local, a propuesta del Ejecutivo poblano.
De acuerdo con la sentencia el término 'ciberasedio' es inconstitucional por su diseño amplio y ambiguo, así como por el efecto silenciador que produce sobre la deliberación pública.
Esto quiere decir que la nueva normativa no establece con claridad cuáles son las conductas quedan prohibidas, lo que deja un margen excesivo para que el Estado decida -caso por caso- qué expresiones pueden considerarse "ilícitas", afirmó el Consejo Nacional de Litigio Estratégico, al informar sobre el triunfo obtenido.
También añade que leyes como la del ciberasedio crean una "zona de riesgo" alrededor del debate público, en la que las personas optan por autocensurarse para evitar consecuencias penales.
¿Amparo contra Ley de Ciberasedio protege a todos?
El amparo obtenido protege a su promovente, en este caso el abogado Ricardo Gali, quien a través de redes sociales señaló que aunque el amparo no tiene efectos generales deja un precedente clave para que otros ciudadanos puedan defender su libertad de expresión.
"La sentencia deja un precedente claro, reconoce que esta ley genera autocensura que inhibe la deliberación pública y que funciona como un mecanismo de censura estatal. ¿Y eso qué significa?, que otros ciudadanos, periodistas o activistas que sean perseguidos por opinar podrán defenderse apoyándose cuando llegue su momento", indicó Ricardo Gali en un video que compartió a través de sus redes sociales.
Por su parte, la organización Propuesta Cívica informó de otro amparo concedido en el mismo sentido a una periodista y añade que hay cinco más en trámite.
Cabe recordar que en el año 2025 la justicia federal también otorgó amparos a un periodista y un abogado por esta misma ley impulsada desde el gobierno estatal.
EG