El Reglamento de Tránsito y Vialidad establece sanciones para los conductores que circulen en reversa, pero la multa depende del municipio en donde se cometa la falta y podría incrementar si el infractor se encuentra bajo los influjos del alcohol o alguna sustancia tóxica.
De acuerdo con el artículo 105, en los únicos casos en donde sí se permite circular en reversa es para entrar o salir de cajones de estacionamiento o cocheras.
Además, en caso de que la circulación hacia delante esté obstruida totalmente, se permitirá circular en reversa el tramo necesario de acuerdo a las circunstancias.
Sanciones por manejar de reversa
Artículo 105.- Se permite circular en reversa solamente para entrar o salir de cajones de estacionamiento o cocheras.
El municipio de Apodaca, en donde se grabó el caso más reciente, informó que la multa es de mil 105 pesos, pero ésta podría incrementar si el infractor presenta estado de ebriedad completo, estado de ebriedad incompleto o esté bajo el influjo de drogas o enervantes.
Detalló que por lo anterior, se le deberá de practicar un examen médico por cualquier dispositivo tecnológico de medición para efectos de determinar la sanción a aplicar.
El conductor fue captado en video mientras conducía de reversa durante la noche del martes sobre la avenida Julián Treviño Elizondo y Miguel Alemán.
El conductor o conductora de una camioneta circuló por el carril de alta velocidad de reversa para utilizar el retorno que ya había pasado, sin importar el riesgo.
Otro caso reciente ocurrió el 5 de marzo cuando otro conductor fue captado circulando en reversa en plena avenida Paseo de los Leones, al poniente de Monterrey.
bimc