Manifestantes bloquean Eje 2 Norte con motivo del desalojo de 72 familias de los edificios ubicados en el predio marcado con el número 404 de la calle de San Simón pertenecientes al INVI de la alcaldía Cuauhtémoc, esto tras cumplimentarse una orden judicial.
Efectivos de la policía capitalina apoyan en el desalojo para resguardar y garantizar el orden.
Los moradores refieren que les mostraron una orden judicial para llevar a cabo el desalojo, pero sostienen que cuentan con la documentación necesaria para mostrar a la autoridad y poder comprobar su legal posesión.
Debido al número elevado de efectivos de la SSC se cerró el tránsito en su totalidad en el cruce de San Simón y Oyamel en la Colonia Atlampa.
Como forma de presión los desalojados deciden caminar dos cuadras para bloquear el cruce del eje 2 Norte y Oyamel, lanzan cohetes y consignas, pide la presencia de las autoridades del gobierno central.
¿Cuándo procede un desalojo en CdMx?
Un desalojo procede luego de hacerse el emplazamiento en forma adecuada, escuchar a las partes, y, en general, de haberse agotado el juicio en todas sus etapas, explicó la magistrada de la Quinta Sala Civil del Tribunal Superior de Justicia de la Ciudad de México, Rosalba Guerrero Rodríguez.
Consideró que ante estos escenarios lo ideal es que la gente salga voluntariamente de los inmuebles que ocuparon por arrendamiento o comodato cuyo contrato es objeto de recisión.
En el caso de un juicio especial hipotecario, explicó que también se puede determinar el lanzamiento si se determina que no se pagaron las mensualidades acordadas de forma adecuada.
“Termina el asunto después de dictada la sentencia con una orden de fincamiento de remate; se convocan postores y termina una vez finiquitada la orden de fincamiento de remate y la adjudicación del bien”, puntualizó la magistrada.
LARR