Colectivos de mujeres que apoyan el acceso a la interrupción legal del embarazo ganaron un amparo contra la regulación del delito de aborto en Puebla; por lo cual ninguna mujer que reciba asesoría por parte de Gire, Cafis y Odesyr podrá ser criminalizada por este hecho.
Con este recurso se garantiza que a las mujeres no se les podrá negar el servicio médico, ni podrán ser juzgadas y en el caso del personal médico no podrán negar la atención alegando que se viola el delito de aborto en la entidad.
“El juez señaló que si bien la constitución local reconoce que la vida debe ser protegida desde la concepción, esto no significa que deba usarse el derecho penal para sancionar a quién decide interrumpir su embarazo”, destacó el comunicado de las organizaciones.
Dicho amparo fue presentado el 18 de febrero del 2022 y el 14 de octubre un juez de distrito estableció en su sentencia que los artículos del código penal que regulan el delito de aborto son violatorios a los derechos humanos, por lo cual declaró que era inconstitucional su prohibición así como la sanción a quiénes brinden apoyo a las mujeres.
Sin embargo, dicho recurso fue impugnado el 11 de noviembre por el gobierno del Estado y apenas el pasado 8 de marzo se informó que pese a esto, la sentencia de amparo quedaba firme garantizando dentro de lo establecido el derecho de las mujeres a interrumpir su embarazo.
“Esta decisión representa un gran avance para el ejercicio del derecho a decidir en el Estado de Puebla y puede empujar a la despenalización del aborto en la entidad… con base en la sentencia se establece la inconstitucionalidad tanto de la criminalización del aborto como del uso del derecho penal para prohibirlo”, precisó el comunicado.
Con esta resolución se avanza en temas de la legalización del aborto en la ciudad de Puebla, para garantizar el derecho de decidir a las mujeres de este estado.
ERV