Los vagones exclusivos en el Sistema Transporte Colectivo (STC) Metro fue una medida que se implementó en el 2002 para disminuir el acoso y abuso sexual que sufrían las mujeres diariamente al viajar en este medio de transporte.
Estos espacios exclusivos son los primeros dos vagones de cada convoy del Metro y, aunque anteriormente eran para mujeres, niños menos de 12 años y adultos mayores o con capacidades diferentes (hombres), en la actualidad solo está destinado para mujeres y niños menores de 12 años.
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Los hombres que han llegado a subirse a los vagones exclusivos para mujeres, han recibido un llamado de atención y han sido retirados de estos, sin llegar a ser multados. Sin embargo, sí existen sanciones por no respetar este espacio.
Reglamento de la Ley de Movilidad de la Ciudad de México
En la fracción XIX del artículo 230 del Reglamento de la Ley de Movilidad de la Ciudad de México se señala que los usuarios del STC Metro tienen prohibido viajar en los vagones exclusivos para mujeres y niños menores de 12 años y/o ocupar los asientos reservados para personas con capacidades diferentes, adultos mayores y mujeres embarazadas o con menores en brazos.
Multa por usar los vagones exclusivos para mujeres y niños menores de 12 años del Metro de CdMx
De acuerdo con la Ley de Cultura Cívica de la Ciudad de México en su artículo 29, fracción XI será motivo de infracción ocupar zonas indicadas como restringidas en los espacios destinados al servicio público.
Por otro lado, en el artículo 31, encargado de calcificar y determinar la sanciones, se estipula que la multa por ocupar los vagones exclusivos puede ir desde los mil 141 pesos a hasta los 4 mil 149 pesos, mientras que el castigo con cárcel y servicio comunitario puede ir desde las 13 a las 36 horas de arresto y de seis a 18 horas de servicio comunitario.
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