El nuevo Reglamento de la Ley de Transporte del Estado de Puebla entra en vigor este viernes 3 de junio y contempla la aplicación de 65 multas económicas para concesionarios y conductores que no obedezcan al reglamento y permitan a pasajeros que vayan sentados en lugares no destinados, no mantengan las unidades en condiciones adecuadas o para quienes presten servicios de transporte de personas o carga sin la concesión, permiso o registro correspondiente.
El artículo 416 del nuevo Reglamento de la Ley de Transporte del Estado de Puebla, el cual ya se encuentra publicado en el Periódico Oficial del Estado (POE) entró en vigor a partir de el viernes 3 de junio.
TELEDIARIO consultó el documento y encontró que la normativa contempla 65 multas que serán cobradas en Unidades de Medida y Actualización (UMA), cuyo valor es de 96.22 pesos, según el Instituto Nacional de Estadística, Geografía e Información (INEGI).
La sanción más económica es de 5 UMA's, es decir, de 481.1 pesos y la más costosa es de 500 UMA's, lo que equivale a 48 mil 110 pesos.
¿Cuáles son las sanciones más económicas del nuevo reglamento?
La sanción económica que menos gasto representaría para un posible infractor son la fracción 38 que es de 5 a 45 UMA's (481.1 a 4 mil 329.9 pesos), la cual se aplicaría para chóferes que permitan que los pasajeros vayan sentados en lugares no destinados para ese fin o hacerse acompañar por personas que lo distraigan u obstruyan visibilidad.
Las fracciones 28 y 29 contemplan de 10 a 20 UMA's (962.2 a mil 924.4 pesos) contra concesionarios del transporte público cuyas unidades no tengan timbre para descenso de pasajeros, sistemas de ventilación indirecta, contador de pasajeros o sistema de sujeción para sillas de ruedas o de bicicletas; o conductores de unidades que no cuenten con fanales delanteros de luz blanca y traseros de luz roja, velocímetro, claxon, bocina, timbre u otros análogos, llanta auxiliar, defensas delantera y posterior, extintor contra incendios o dos en el caso de vehículos que transporten materiales líquidos, inflamables o explosivas, espejos retrovisores adecuadamente instalados, botiquín de primeros auxilios o los dispositivos para emergencias.
Las fracciones 41 y 43 consideran de 15 a 25 UMA's (mil 443.3 a 2 mil 405.5 pesos) para chóferes del transporte público que realicen ascensos y descensos de pasajeros de los servicios públicos de transporte fuera de los lugares que fueron designados para ello o bien, realicen base en puntos no autorizados; también se aplicará para quienes transporten carga que, por su condición o volumen, puedan causar daños o afecten la seguridad, higiene o comodidad de las personas.
¿Cuáles son las sanciones más caras del nuevo reglamento?
En su primera fracción el artículo 416 sentencia que se impondrán de 450 a 500 UMA's (43 mil 299 a 48 mil 110 pesos) a quienes presten servicios de transporte de personas o carga sin la concesión, permiso o registro correspondiente o bien que sus unidades lleven placas del servicio público de transporte, de servicio mercantil de transporte falsas o que no correspondan al vehículo.
La fracción 36 se aplicará al automovilista que conduzca un vehículo de servicio público, mercantil o ejecutivo de transporte bajo los efectos de bebidas alcohólicas, enervantes o cualquier otra sustancia tóxica; esta multa es de 200 a 250 UMA's (19 mil 244 a 24 mil 55 pesos).
La segunda fracción exige de 200 a 300 UMA's (24 mil 55 a 28 mil 866 pesos) para quienes presten el servicio de transporte público fuera del itinerario o ruta autorizada.
El gobierno de Puebla, a través de la Secretaría de Movilidad y Transporte (SMT) y Carreteras de Cuota Puebla (CPP), tendrá la posibilidad de aplicar hasta 65 sanciones económicas en contra de concesionarios y conductores del transporte público, mercantil de personas, mercantil de carga, del servicio ejecutivo y prestadores de servicios auxiliares.
Quitarán concesión a rutas y taxis que cierren calles y carreteras
El Gobierno de Puebla informó que en el reglamento de la Ley de Transporte del Estado hay 427 artículos para que concesionarios, conductores y usuarios se adapten a la nueva normatividad aplicable al servicio público de transporte, de lo contrario, serán retiradas las concesiones a las rutas del transporte público que se manifiesten o hagan bloqueos con intención en Puebla.
El artículo 417 enlista las 31 razones por las que la SMT podrá revocar concesiones o cancelar permisos o registros, destacando la fracción XXIV, que a la letra enuncia lo siguiente:
- Por bloquear intencionalmente la infraestructura vial del Estado, utilizando los vehículos del servicio público de transporte
- Por cometer algún delito con la unidad o por presentar documentación falsa para obtener el permiso de circulación.
¿Cuándo empieza el retiro de concesiones?
En Puebla se retirará la concesión de operación a todas las rutas del transporte público, así como a taxis locales, que se manifiesten y hagan bloqueos "intencionales" para afectar la movilidad en las vías de comunicación de todo el estado, como calles, avenidas, calzadas, bulevares, carreteras y autopistas, ya que afectan a terceros. Esta medida empieza a aplicarse desde el viernes 3 de junio de 2022.