Los padres de Salvador Macías, mejor conocido como ‘Chavita’, decidieron mantenerse en silencio y pidieron a los medios la comprensión de su elección, ante la noticia de la liberación de Esther Alejandra ‘A’, mujer que hace casi 18 años sustrajo a su hijo recién nacido de la Clínia 45 del Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) en Guadalajara.
“No voy a dar entrevistas ni declaraciones, no, discúlpame, no, por favor”, manifestó Yasir Sadat Macías, papá de Chavita.
Esther Alejandra ‘A’ fue detenida en diciembre de 2022, sin embargo, según lo estipulado en el Código Penal del Estado de Jalisco, se determinó que el delito ya había prescrito, por lo que pese a las pruebas y de haber criado como propio a un hijo que le robó a otra familia, ya no enfrentará la ley.
Lo anterior podría cambiar si la víctima o los ofendidos, en este caso los padres, decidan interponer algún recurso legal en su contra para así llevar un juicio de amparo, pero tienen sólo un plazo de 15 días para hacerlo, mismo que comenzó a contar a partir del 26 de octubre.
Cabe recordar que la familia de Chavita nunca se cansó de buscarlo y en 2021, con la ayuda de un perito se realizó un retrato de cómo se vería el menor de adolescente, y fue así que una persona anónima mandó información de dónde se encontraría el joven. La familia se reencontró con él después de 16 años y desde ese entonces, se han dedicado a recuperar el tiempo perdido.
¿Por qué la señalada fue liberada?
El presidente del Supremo Tribunal de Justicia, Daniel Espinosa Licón, detalló algunas de las razones del por qué la mujer que sustrajo a Chavita fue liberada, destacando que el tiempo transcurrido desde que sucedió el robo fue uno de los diferentes motivos.
“El tribunal colegiado en su lugar analiza que es un delito permanente o delito continuado, efectivamente no habría operado la prescripción y entonces en todo caso la mujer debería seguir detenida, en la calificación de los magistrados integrantes de la sala es que el delito fue permanente y por el tiempo transcurrido, 17 años, ya había operado la prescripción”, detalló Espinosa Licón.
Al no contar con algún otro señalamiento por la parte afectada, Esther Alejandra ‘A’ no es acusada por ningún otro delito, por lo que quedó libre.
“En este momento, la víctima u ofendidos de este delito tendrán la posibilidad de recurrir al juicio de amparo que eso sería objeto dentro de ese juicio de amparo, objeto de análisis y efectivamente los magistrados calificaron correctamente a este delito como instantáneo, o sea una diversa interpretación que le dé la calidad o de permanente o continuado”, explicó Licón.
AA