De acuerdo a la ley sobre Abandono de Familia y Pago de pensión de alimentos, la pensión alimenticia o el derecho de alimentos es la obligación que tienen los padres, generalmente tras el divorcio o la separación, de entregar todo lo necesario para que el hijo pueda vivir normalmente.
Esta obligación no incluye sólo la alimentación, también la vestimenta, salud, vivienda, recreación, enseñanza básica, media y el aprendizaje de alguna profesión u oficio.
¿Qué gastos incluye la pensión alimenticia?
Hay varias formas de fijar un monto para la pensión alimenticia, una vía es la conciliación, que se da cuando los padres del menor llegan a un acuerdo y fijan un porcentaje aportando. De no ser así, el juez encargado del caso realizará un cálculo económico para conocer la cantidad que cada parte dará, dicho cálculo depende de varios factores:
-Zona donde habita el demandado.
-Número de hijos.
-Capacidades especiales de los involucrados (tutores e hijos).
-Deudas que pueda tener la persona demandada.
-Salario percibido.
-El monto mínimo de pensión de alimentos es de 15% por hijo de las percepciones del tutor.
En caso de que el padre o tutor deje de pagar la pensión alimenticia por más de dos meses será sancionados y no podrá salir del país. Además, los deudores se arriesgan a cumplir una sentencia de tres a cinco años de prisión y de 100 a 400 días de multa, suspensión o pérdida de los derechos de familia y pago como reparación del daño a los montos no entregados en tiempo y forma.
¿Quién la puede solicitar?
La población en general puede solicitar el trámite de Pensión alimenticia por Comparecencia. Se trata de un trámite unipersonal mediante el cual se asigna de manera sistematizada y aleatoria Juzgado en turno y número de expediente a fin de que el solicitante acuda de inmediato al Juzgado a levantar la comparecencia.
La pensión alimenticia no es vitalicia (al menos en Saltillo, Coahuila) ya que es para gastos de los hijos y se debe pagar hasta que tus hijos hayan cumplido 18 años también se puede extender hasta los 21 solo en el caso de los hijos se encuentren cursando estudios universitarios.
Requisitos para tramitarla en Saltillo
°Llevar acta de nacimiento de todos y cada uno de los hijos en común, que son los que recibirán el beneficio.
°Identificación oficial (INE / Pasaporte) carnet de identificación
°Acta de Matrimonio
°Lista de gastos fijos mensuales (alimentación / educación / vestido / salud etc)
°Documentos que demuestren el ingreso económico y capacidad patrimonial del demandado (recibos de nómina, declaración del SAT, cuentas bancarias )
°Domicilio tanto del demandante como del demandado
En Saltillo, la pensión alimenticia la debe pagar el cónyuge que haya cometido abandono de hogar y la puede solicitar quien haya ganado la patria potestad de los hijos.
¿Cómo tramitarla?
Se puede tramitar de dos maneras, la primera es mediante un arreglo extrajudicial y consta en una medición entre particulares donde no interviene la ley, esto es recomendable cuando hay buena relación entre cónyuges, sin embargo recomendamos ampliamente guardar registro de todas las operaciones de depósito o entrega de efectivo ya que en caso de existir un problema en el futuro las pensiones alimenticias son retroactivas y al no existir testimonio o comprobante de pensiones pagadas se pueden tener problemas.
La pensión alimenticia judicial es el trámite legal donde ya interviene un juez, en los tribunales es donde se determinará de cuanto es el monto y quizás debas acudir a varias audiencias si el demandado no quiere acatar el pago de pensión.
La pensión alimenticia no es un trámite, es un juicio por lo tanto debes acudir al juzgado de lo familiar, en Saltillo está ubicado en el Centro de Justicia, perififerico Luis Echeverria # 5402, Centro Metropolitano, o al teléfono: (844) 777 45 18 , mientras que en Torreón la dirección es: Centro de Justicia Familiar, Calle Mimbre Esquina con Comerciantes y Las Flores, colonia La Merced, teléfono: (871) 880 45 65.
JVS