¿Cuándo entra en vigor el emplacamiento para vehículos eléctricos en CdMx?

La Ciudad de México implementa una nueva norma de emplacamiento para vehículos eléctricos. Te decimos cuándo entra en vigor para que evites multas.

El emplacamiento para vehículos eléctricos en CdMx es una realidad y esta es la fecha en que entra en vigor. | Galo Cañas | Cuartoscuro
Ciudad de México /

La Ciudad de México inicia una nueva etapa en su política de movilidad con la entrada en vigor del registro obligatorio para los Vehículos Motorizados Eléctricos Personales (VEMEPE). 

Esta medida, derivada de una reforma a la Ley de Movilidad aprobada por el Congreso capitalino en agosto de 2025, tiene como objetivo regular los vacíos legales existentes, organizar el flujo vehicular y reducir los incidentes viales en las calles de la metrópoli.

¿Cuándo empieza emplacamiento de vehículos eléctricos en CdMx?

El proceso de regularización comienza formalmente el 1 de julio de 2026 y a partir de esta fecha, se habilitará el periodo de registro y la expedición de licencias específicas para los conductores de estas unidades. 

Las autoridades han establecido que cualquier vehículo nuevo adquirido desde ese día deberá entregarse al usuario ya emplacado directamente desde el punto de venta.

Para quienes ya poseían un vehículo antes de la reforma, el calendario marca dos momentos críticos adicionales: 

  • El 1 de septiembre de 2026, cuando la Secretaría de Seguridad Ciudadana empezará a aplicar el reglamento y a imponer sanciones a quienes no acrediten placas y licencia, 
  • El 20 de noviembre de 2026, que es la fecha límite oficial para concluir el trámite de registro.
Te recomendamos ¿A quién le toca pago del Bienestar en julio 2026?
  • Nacional Tamara Hernández

¿Qué vehículos deben portar placas y cuáles son las sanciones?

La normativa aplica a unidades con acelerador independiente y motor eléctrico que excedan los 25 kilómetros por hora o tengan una potencia de entre 250 watts y un kilowatt. 

Estas se clasifican por peso: Tipo A para menores a 35 kilogramos y Tipo B para aquellas entre 35 y 350 kilogramos. 

Por el contrario, los patines eléctricos o bicicletas que no superen los 25 km/h se consideran vehículos no motorizados y están exentos de esta regulación.

Circular sin placa, engomado, tarjeta de circulación o licencia tipo A1 o A2 derivará en multas progresivas. 

Las primeras dos infracciones costarán 10 UMAs, la tercera y cuarta subirán a 15 UMAs, y a partir de la quinta falta la sanción será de 20 UMAs . Además, es obligatorio el uso de casco y chaleco reflectante, quedando prohibido transitar por banquetas o carriles de transporte público.

TEHV

  • Queda prohibida la reproducción total o parcial del contenido de esta página, mismo que es propiedad de TELEDIARIO; su reproducción no autorizada constituye una infracción y un delito de conformidad con las leyes aplicables.
  • Tamara Hernández
  • tamara.hernandez@telediario.mx
  • Editora web de Telediario CdMx. Licenciada en Comunicación y Periodismo. Escribo sobre los hechos que acontencen en CdMx. Creyente de que las historias humanas mueven al mundo,
LOS EDITORES RECOMIENDAN