La Comisión Reguladora de Telecomunicaciones (CRT) aprobó y emitió nuevos lineamientos para la identificación de líneas telefónicas móviles, una regulación clave que busca eliminar el anonimato de este servicio que permite la comisión de delitos.
Este esfuerzo se enmarca dentro de las acciones implementadas para combatir la extorsión, los fraudes y otros crímenes cometidos mediante el uso de líneas telefónicas.
¿Para que sirve el registro de línea telefónica?
El objetivo de esta normativa es vincular cada línea telefónica con una persona física o moral.
Por ello, la CRT aprobó por unanimidad este nuevo proceso normativo, luego de integrar las observaciones y comentarios resultantes de una Consulta Pública, y que se alinea con las mejores prácticas internacionales para restablecer la confianza en la telefonía celular.
Como paso previo a esta operación obligatoria, se implementó una prueba piloto para el registro de usuarios de telefonía móvil, a cargo de la Agencia de Transformación Digital y Telecomunicaciones (ATDT).
La prueba piloto, que inició el 1 de septiembre y concluyó en octubre, contó con la participación de operadoras como Telcel, Movistar, AT&T, Bait y Altán.
Esta prueba permitió a las autoridades y concesionarios definir acciones y áreas de mejora en los procesos de registro de líneas telefónicas y usuarios.
Durante este ejercicio se explicó que la identificación de los usuarios se haría a través de algún documento oficial que contenga la Clave Única de Registro de Población (CURP), para vincularlos con la línea telefónica que adquieran o contraten.
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¿A partir de cuándo se puede hacer el registro de línea telefónica?
La Comisión Reguladora de Telecomunicaciones (CRT) aprobó y emitió estos lineamientos el 8 de diciembre de 2025, informando que a partir del 9 de enero de 2026, todas las líneas telefónicas móviles deberán estar obligatoriamente asociadas a una persona física o moral.
Esta disposición hará obligatorio el registro para las nuevas líneas en todos los puntos de venta.
Mientras tanto, las líneas activas o preexistentes también tendrán un periodo para realizar su registro, y las compañías habilitarán la modalidad remota para facilitar dicho proceso a las personas usuarias.
En cuanto a los requisitos documentales, los lineamientos establecen que para asociar una línea telefónica a una persona física serán necesarios la credencial de elector o el pasaporte, junto con la CURP.
En el caso de las personas morales, deberán presentar también su Registro Federal de Contribuyentes (RFC).
Es fundamental destacar que la información proporcionada estará resguardada por las compañías telefónicas, cumpliendo con la Ley General para la Protección de Datos Personales en Posesión de Sujetos Obligados.
Además, el gobierno no tendrá acceso a los datos personales de los usuarios,, los cuales quedarán bajo el resguardo de las operadoras telefónicas.
TEHV