El titular de la Unidad de Inteligencia Financiera (UIF), Pablo Gómez, los ciudadanos que no participaron en la colsulta de revocación de mandato podrían ser sancionados debido a que ésta era obligatoria, de acuerdo con la Constitución.
En su cuenta de Twitter, Gómez señaló que el artículo 36, fracción III, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos señala la obligación de voto.
‘‘El artículo 35.I señala el derecho y el 36.III de la Constitución señala la obligación de votar. El 38.I, la sanción por no hacerlo.’', escribió en su red social.
¿Qué dice el artículo 35?
El artículo 35 establece que en las elecciones populares, los ciudadanos tienen derecho a ir a votar y podrán ser votados en comisiones de partida para todos los cargos de elección popular, también pueden asociarse individual y libremente para tomar parte en forma pacífica en los asuntos políticos del país.
Además, tienen derecho de ser nombrados para cualquier empleo o comisión del servicio público, teniendo las calidades que establezca la ley; iniciar leyes, en los términos y con los requisitos que señalen la Constitución.
¿Es obligatorio votar?
De acuerdo con la Constitución, el artículo 36 señala las obligaciones de los ciudadanos, específicamente el punto III establece que una de ellas es: "Votar en las elecciones, las consultas populares y los procesos de revocación de mandato, en los términos que señale la ley".
¿Cuál es la sanción por no votar en la revocación de mandato?
De acuerdo con la Carta Magna, la sanción por no participar en este proceso democrático es la suspensión de los derechos ciudadanos durante un año, como:
- Votar y ser votado.
- Tener libertad de asociación.
- Poder ser servidor público.
- Presentar iniciativas de ley.
ZNR