Las trabajadoras del hogar son uno de los gremios más castigados en cuestión de derechos laborales y salariales en el país, en su gran mayoría por el desconocimiento que las mujeres que ejercen esta profesión tienen sobre sus derechos laborales, entre ellas las prestaciones laborales, pero sobre todo el sueldo que deben recibir por las actividades que realizan.
Si bien, la Comisión de Salarios Mínimo (Conasami) determinó que el ingreso mínimo de las trabajadoras del hogar es de 187.92 pesos por día y de 260.34 pesos para las trabajadoras de la zona norte este 2022, algunas organizaciones emiten tabuladores para tener un salario más justo para estas trabajadores. Si no sabes cuánto te deben paga, aquí te lo explicamos.
De acuerdo con el portal Empleo Justo, el salario se puede determinar de acuerdo a las funciones que se realizan, por lo que lo divide en cuatro categorías.
-Categoría 1: Limpieza general y/o compras de alimentos, bebidas o artículos de limpieza. (Salario de 300 pesos diarios).
-Categoría 2: Actividades de categoría 1 + conocimientos técnicos básicos para el cuidado de personas autosuficientes, lavado y/o planchado de ropa, trabajo de camarera, cocina básica, cuidado de mascotas y/o chofer sin toma de decisiones. (Salario de 350 pesos diarios).
-Categoría 3: Actividades de las categorías 1 y 2, + tienen un rol de gestión específico como: ama de llaves, mayordomo, cocinera(o) de preparación intermedia. Si hacen cuidados de baja complejidad a personas enfermas, adultas mayores, con discapacidad o menores de edad. (salario de 450 pesos diarios).
-Categoría 4: Además de realizar las actividades de las tres categorías anteriores, cuentan con certificados profesionales y/o con una carta de recomendación que les acredite como expertas o expertos en el área a su cargo. (Salario de 550 pesos diarios).
En México, 9 de cada 10 trabajadoras del hogar no tienen acceso a derechos laborales
Una investigación del Instituto de Liderazgo Simone de Beauvoir y el Grupo de Información en Reproducción Elegida (GIRE) reveló que pese a los avances en materia jurídica para las trabajadoras del hogar el porcentaje de trabajadoras es muy bajo, ya que sólo 1.8 por ciento están afiliadas al Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS); 98 por ciento no tiene acceso a servicios de salud; 99 por ciento no tiene un contrato por escrito: 93 por ciento no tiene vacaciones pagadas y 78 por ciento no reciben aguinaldo y pues al no estar afiliadas 9 de cada 10 no tienen accesos a toso estos derechos, como estancias infantiles.
En entrevista con Ana Laura Alanís y Liliana Sosa en TELEDIARIO, Makieze Medina, coordinadora de Género y Trabajo del Instituto Simone de Beauvoir, explicó que el IMSS debe incorporar a la seguridad social a las trabajadoras del hogar, además de que es una obligación que le corresponde a las personas empleadoras.
Recordó que en 2018, la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) declaró inconstitucional y discriminatorio que las trabajadoras del hogar no estuvieran dentro de un régimen obligatorio dentro de la seguridad social, ya que estaban bajo un régimen especial de derechos laborales que sí estaban garantizados para otras personas trabajadoras.
Señaló que tras la resolución de la Corte, en 2019 se reforma la Ley Federal del Trabajo (LFT) y del Seguro Social estabelciendo los derechos laborales para las trabajadoras del hogar, los cuales son:
- Contrato por escrito
- Jornadas máximas de ocho horas
- Días de descanso
- Pago de horas extras
- Aguinaldo
- Descansos
- Prima vacacional pagada
- Seguridad social
“El derecho a la afiliación a la seguridad social que comprende una serie de prestaciones que son muy importantes como: seguros por riesgo de trabajo, por enfermedad y maternidad, pensiones, invalidez y vida, guarderías y otras prestaciones sociales”, explicó.
lvm