La Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación desechó el recurso de reconsideración presentado por la diputada local Tonantzin Elusay Cárdenas Méndez contra el gobernador de Jalisco.
La legisladora impugnó la sentencia emitida por la Sala Regional Guadalajara, la cual confirmó la inexistencia de violencia política en razón de género en las declaraciones realizadas por el mandatario estatal.
Dichas expresiones se dieron en el contexto de una marcha por el incremento de tarifas del transporte público, donde la diputada consideró que fue descalificada como política y vinculada con actos de vandalismo.
Sin embargo, el tribunal determinó que el recurso presentado no cumplía con los requisitos necesarios para ser analizado en esta instancia, al tratarse de un asunto de legalidad.
¿Por qué el TEPJF desechó el recurso de la diputada?
La Sala Superior señaló que la resolución de la Sala Regional se limitó a un análisis de legalidad, considerando el contexto del debate público y la libertad de expresión sin abordar temas de constitucionalidad.
También indicó que los argumentos presentados por la diputada no evidenciaban una violación al debido proceso ni un error judicial que justificara la intervención excepcional del tribunal.
El órgano jurisdiccional determinó que el caso no representaba relevancia o trascendencia suficiente para establecer un nuevo criterio en materia electoral, por lo que se desechó la demanda.
Además, se negó la solicitud de medidas cautelares, al recordar que los medios de impugnación electoral no tienen efectos suspensivos conforme a lo establecido en la Constitución.
MQ