Las fiestas decembrinas traen consigo no solo reuniones y cenas, sino también dudas recurrentes sobre los beneficios económicos para quienes deben cumplir con su jornada laboral el 31 de diciembre.
Mientras la mayoría de las familias se preparan para despedir el año viejo, miles de empleados en el sector servicios, comercio y financiero mantienen el país en marcha. Es aquí donde surge la gran pregunta: ¿se cobra más por trabajar este día?
Incluso en el sector bancario, el movimiento es atípico. Las instituciones financieras operarán este miércoles 31 de diciembre bajo un esquema de horario recortado, cerrando sus puertas generalmente entre las 12:00 y las 14:00 horas para permitir que sus trabajadores celebren con sus familias.
Sin embargo, el hecho de que se trabaje medio día o se salga temprano no siempre significa que el día tenga una naturaleza especial ante la ley. Para muchos, la esperanza de recibir un pago triple es una motivación durante la jornada.
A pesar de la importancia cultural de esta fecha, el miércoles 31 de diciembre no se considera un día feriado oficial. Esto marca una diferencia sustancial con el día siguiente.
El 1 de enero sí está catalogado como un día inhábil y de descanso obligatorio. Es en esa fecha cuando todas las sucursales bancarias tradicionales permanecen cerradas, con pocas excepciones como aquellas dentro de supermercados.
¿Qué dice la ley sobre el pago?
De acuerdo con la Ley Federal del Trabajo (LFT) el 31 de diciembre es un día laborable ordinario y no un festivo oficial, por lo que las empresas no están obligadas a realizar un pago triple por los servicios prestados ese día. El salario que se percibe es el habitual de una jornada normal.
En resumen, si te toca trabajar el 31, el beneficio suele ser salir más temprano, pero tu recibo de nómina llegará como cualquier otro día. El pago extra por ley solo se activa el 1 de enero, el cual sí está estipulado como un día feriado oficial.
¿Cuáles son los días feriados oficiales en México 2026?
- Año Nuevo: 1 de enero.
- Constitución Mexicana: primer lunes de febrero, el 2 de febrero.
- Natalicio de Benito Juárez: tercer lunes de marzo, el 16 de marzo.
- Día del Trabajo: 1 de mayo.
- Independencia de México: 16 de septiembre.
- Revolución Mexicana: Tercer lunes de noviembre, 16 de noviembre.
- 1 de diciembre de cada seis años, cuando corresponda a la transmisión del Poder Ejecutivo Federal.
- Navidad: 25 de diciembre.
ZNR