El aguinaldo es una de las prestaciones que los trabajadores mexicanos esperan con ansias cada año, misma que, ante la Ley Federal de Trabajo, es obligatoria, por lo que todas las personas que trabajan en la formalidad deben de estarlo recibiendo.
Sin embargo, hay muchas personas que todavía no saben cuál es la cantidad de dinero que deben de estar recibiendo como aguinaldo de acuerdo al tiempo que llevan trabajando en la empresa, es por esto que, aquí en TELEDIARIO, te contamos cuánto te corresponde de aguinaldo si ya llevas un año trabajando en tu empresa.
¿Cuándo se paga el aguinaldo?
De acuerdo a la ley, esta retribución debe de ser entregada a más tardar el día 20 de diciembre, esto con el fin de que los trabajadores puedan aprovechar el dinero y realizar las típicas compras de fin de año.
Al ser una obligación del empleador, el pago del aguinaldo se debe de hacer siempre en tiempo y forma, por lo que, en caso de que se incumpla con éste, ya sea entregándolo de forma incompleta o extemporánea, el patrón estará siendo acreedor de una multa.
Consejos para aprovechar el Aguinaldo
Para no desestabilizar tus finanzas, es importante que sepas hacer rendir el dinero correspondiente a tu aguinaldo, por lo que aquí te diremos en qué puedes gastarlo de forma que resulte de provecho para ti.
Unos de los gastos más comunes que la gente tiene destinados para su aguinaldo son las compras de fin de año, aunque también puede ser utilizado para lo siguiente:
- Dar el enganche de un nuevo coche
- Pagar deudas pendientes
- Comenzar un fondo de ahorro o emergencia
- Hacer un viaje en familia
- Remodelar tu casa
- Hacer crecer tu dinero en Fondos de Inversión
¿Cuánto me toca de aguinaldo por un año trabajado?
De acuerdo al Artículo 87 de la Ley Federal del Trabajo, todos los trabajadores tienen derecho a un aguinaldo anual, mismo que debe pagarse antes del 20 de diciembre y debe de ser equivalente a, mínimo, 15 días de salario.
Por lo que, para las personas que ya han cumplido el año trabajando en una empresa, su aguinaldo debe de ser, por lo menos, el sueldo que gana la persona en una quincena.
En cuanto a las personas que aún no cumplen el año trabajando en su empresa, el artículo menciona lo siguiente:
“Los que no hayan cumplido el año de servicios, independientemente de que se encuentren laborando o no en la fecha de liquidación del aguinaldo, tendrán derecho a que se les pague la parte proporcional del mismo, conforme al tiempo que hubieren trabajado, cualquiera que fuere éste”.
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