¿Tienes una empresa o incluso un pequeño negocio? Entonces deberías de apresurarte a realizar la declaración anual para personas morales, ya que este periodo termina el 31 de marzo, por lo que, de no hacerlo, te puede generar multas y recargos para tu negocio, pero si aún o sabes como hacer este importante reporte, aquí te lo compartimos para que quedes en buenos términos con el Servicio de Administración Tributaria (SAT).
La declaración anual de personas morales es la forma de comunicarle al gobierno los ingresos obtenidos, gastos y pagos de contribuciones realizados durante un año o ejercicio fiscal, que en este caso serían los del año 2021.
Es importante tener vigente la firma electrónica, en caso de que no cuentes con ella tendrás que tramitarla.
Requisitos
- RFC.
- Firma electrónica (e.firma).
- Relación de declaraciones mensuales y pagos provisionales presentados a lo largo del año.
- Estados financieros correspondientes al ejercicio fiscal (balance general, estado de pérdidas y ganancias).
- Contraseña del portal del SAT y CLABE bancaria.
¿Cómo realizar la declaración anual de personas morales?
- Ingresa a la plataforma del SAT para el envío de tu declaración anual de Personas Morales:
- Ingresa con RFC y contraseña o e. firma.
- Elige la opción “Presentar declaración”.
- Llena los datos, estados financieros y registros de nómina como corresponde.
- Llena el formulario y revisa que coincida con tus estados financieros y registros de nómina. Envía tu declaración anual.
- Descarga tu acuse de recibo o línea de captura.
Si aún te quedan dudas de cómo presentar la declaración, el SAT comparte un tutorial en su página de You Tube para que puedas hacer esta obligación sin problemas.
¿Quiénes deben presentar la declaración anual?
Los contribuyentes obligados a presentar esta declaración son las personas morales del régimen general, tales como:
- Sociedades mercantiles.
- Asociaciones civiles.
- Asociación en participación.
- Sociedades cooperativas.
- Sistema financiero.
- Fideicomisos con actividad empresarial.
- Contratistas y asignatarios de hidrocarburos.
- Contribuyentes que aplican en el estímulo de región fronteriza.
- Sociedades cooperativas de producción que únicamente están constituidas por socios personas físicas.
lvm