Cuándo deben declarar ante el SAT las personas morales en proceso de liquidación

El proceso de declaración anual ante el SAT está a punto de iniciar. ¡Te decimos cuándo les toca a las personas morales en proceso de liquidación?

El SAT establece dos tipos de adeudos fiscales / Especial
Ciudad de México /

El Servicio de Administración Tributaria (SAT) informó que el proceso de declaraciones anuales está por iniciar, por lo que hace un llamado a todos los contribuyentes para realizarla a tiempo.

En este momento, quienes tienen que presentar la declaración anual 2024, correspondiente al ejercicio fiscal 2023, son las personas morales (empresas) que tributan en el régimen general y que se encuentren en proceso de liquidación.

¿Qué es la Declaración Anual?
La declaración anual es un requisito que las personas físicas (trabajadores) y morales (empresas) deben realizar ante el SAT para demostrar que se cumple con el pago de impuestos.

Las personas que presenten su declaración deben presentar un reporte detallado de todas sus operaciones contables y fiscales realizadas en el año anterior.

El SAT establece una fecha, normalmente al principio del año, para que las personas cumplan con sus deberes fiscales

¿Cuándo deben declarar ante el SAT las personas morales en proceso de liquidación?

El SAT indicó que las personas morales en proceso de liquidación deben presentar su declaración desde el 1 al 17 de enero, correspondiente al ejercicio por liquidación de 2023 o anteriores.

En estas fechas se pueden presentar todas las declaraciones que conforman el proceso de liquidación de una empresa o sociedad.

La dependencia federal detalló que estos ejercicios fiscales se deben realizar en el siguiente orden:

  • Primero deberá hacerse la declaración “del ejercicio por terminación anticipada”, que se presenta cuando las personas morales entran en periodo de liquidación y terminan anticipadamente su ejercicio fiscal.
  • En segundo lugar se debe presentar la declaración “del ejercicio por liquidación”, la cual se presenta al término de cada año calendario y a más tardar el 17 de enero del año siguiente.
  • Por último, la declaración “Última del ejercicio por liquidación”, se presenta dentro del mes siguiente a la fecha de culminación de las actividades del contribuyente.


Tales ejercicios se pueden presentar ingresando al portal del SAT, que invitó a todos los contribuyentes que hayan iniciado su periodo de liquidación, a que cumplan con sus obligaciones fiscales conforme a lo previsto en el artículo 12 primer párrafo de la Ley del Impuesto sobre la Renta.

¿Qué se necesita para presentar una declaración ante el SAT?

El organismo informó que las personas morales en proceso de liquidación que presenten su declaración deben contar con su RFC y e.firma, así como la información de los montos de ingresos, deducciones, impuestos retenidos, pagos provisionales, entre otros, y contar con un servicio de banca electrónica para poder hacer transferencias electrónicas.


ZNR

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