El 20 de noviembre se celebra el Día de la Revolución Mexicana, un movimiento que generó grandes cambios en la política, economía y sociedad mexicana.
Este evento histórico se detonó por el descontento popular por la dictadura de Porfirio Díaz, quien estuvo más de 30 años en el poder, desde 1877 a 1880 y de 1884 a 1911.
Sin embargo, aunque el periodo de Díaz como gobernante del país, al cual se le conoce como porfiriato, tuvo muchos contrastes, pues el general se dio a la tarea de restructurar al Ejército, reorganizar al Estado Mayor e impulsó la educación. Sin embargo, sus iniciativas eran rigurosas, lo que causaba descontento en la población.
Por ello, el 20 de noviembre de 1910, Francisco I. Madero inició un movimiento armado para oponerse a la reelección del general Porfirio Díaz a la presidencia. Así, esta fecha se conmemora el inicio de este movimiento, el cual terminó con la dictadura de Díaz y abrió pasó a un país democratizado y con apertura política.
¿Cómo me deben pagar si trabajo en un día feriado?
El artículo 75 de la Ley Federal de Trabajo establece que, a quienes laboran en un día festivo, independientemente del salario que les corresponde por el día de descanso, la empresa o patrón debe pagar un salario doble por el servicio prestado, es decir, el salario diario normal, más el doble.
Basado en lo anterior, si laboras en un día feriado o festivo, si al día recibes 250 pesos, tu paga debe ser eso más el doble de la misma cantidad. Es decir: 250 pesos del día laborado, más 500 por el trabajo en día festivo, lo cual da un total de 750 pesos.
¿Cómo me deben pagar si trabajo el 20 de noviembre?
En el artículo 74 de la Ley Federal del Trabajo se establece que los siguientes días son de descanso obligatorio y, en caso de laborarlos, se deben pagar al triple:
- El 1 de enero (Año Nuevo).
- El primer lunes de febrero en conmemoración al 5 de febrero (la promulgación de la Constitución).
- El tercer lunes de marzo en conmemoración al 21 de marzo (el natalicio de Benito Juárez).
- El 1 de mayo (Día del Trabajo).
- El 16 de septiembre (Día de la Independencia de México).
- El tercer lunes de noviembre, en conmemoración del 20 de noviembre (día de la Revolución Mexicana).
- El 25 de diciembre, Navidad.
- El 1 de diciembre de cada seis años (cambio de la transmisión del Poder Ejecutivo Federal.
- El que determinen las leyes federales y locales electorales, en el caso de que haya elecciones ordinarias, para que los trabajadores puedan participar en la jornada electoral.
Así, si trabajaste este 20 de noviembre, debes recibir un pago triple.
ZNR