Qué gastos del regreso a clases 2024 son deducibles ante el SAT

El Servicio de Administración Tributaria permite que en cada ejercicio fiscal se puedan disminuir los gastos personales al presentar la Declaración Anual.

Algunos de los insumos escolares se pueden deducir
Ciudad de México /

El regreso a clases esta a la vuelta de la esquina, lo que trae consigo múltiples gastos con el pago de colegiaturas, la compra de útiles escolares y otros materiales necesarios para arrancar el ciclo escolar 2024- 2025; sin embargo, es importante conocer cuáles de estos gastos son deducibles ante el Servicio de Administración Tributaria (SAT) y pueden ayudar a disminuir el monto de los impuestos al final del año fiscal.

De acuerdo con la Alianza Nacional de Pequeños Comerciantes (Anpec) este año los gastos por el regreso a clases superarán 9 mil 462.03 pesos en promedio, un aumento de 35 por ciento o de 2 mil 462.03 pesos en comparación con el año pasado.

Según información de la tienda Coppel, este año 49 por ciento de las búsquedas relacionadas con el regreso a clases son tenis, sobre todo blancos; 25 por ciento son mochilas, 16 por ciento son equipos de cómputo y 10 por ciento celulares.

¿Los útiles y uniformes son deducibles de impuestos?

No, los útiles escolares y uniformes no son deducibles de impuestos ante el SAT. A pesar de ser gastos esenciales para el regreso a clases, estos rubros no están contemplados dentro de las deducciones personales permitidas por la autoridad fiscal. Las deducciones se enfocan principalmente en servicios educativos y transporte escolar.

Cuáles gastos escolares si son deducibles de impuestos

Entre los gastos que sí se pueden considerar con deducciones ante el SAT se encuentran las colegiaturas en instituciones educativas privadas con validez oficial de estudios. Desde nivel preescolar hasta bachillerato o equivalente, por los montos siguientes (límite anual de deducción):

  • Preescolar: 14 mil 200 pesos.
  • Primaria: 12 mil 900 pesos.
  • Secundaria: 19 mil 900 pesos.
  • Profesional técnico: 17 mil 100 pesos.
  • Bachillerato o su equivalente: 24 mil 500 pesos.

Para hacer efectivo este beneficio, se requiere contar con el comprobante de pago correspondiente.

Cuando se realicen pagos en un mismo ejercicio fiscal, por una misma persona, por servicios de enseñanza correspondientes a dos niveles educativos, el límite anual de deducción que puedes disminuir es el que corresponde al monto mayor de los dos niveles, independientemente de que se trate del nivel que concluyó o el que inició.

Las cuotas por concepto de inscripción o reinscripción no pueden ser deducibles, mientras que el transporte escolar, sólo si es obligatorio.

Para que estos gastos puedan ser contemplados como deducibles es necesario contar con algunas especificaciones como son:

  • Forma de pago: los pagos deben realizarse mediante cheque nominativo, transferencias electrónicas desde cuentas a nombre del contribuyente, o con tarjetas de crédito, débito o de servicios.
  • Comprobantes fiscales: las instituciones educativas deben emitir facturas electrónicas (CFDI) que incluyan el nombre y la CURP del alumno, el nivel escolar y la clave de reconocimiento de validez oficial de estudios. Además, el “Uso del CFDI” debe ser “Pagos por servicios educativos”.
  • Límite global de deducciones personales: aunque los gastos por colegiaturas tienen un límite específico por nivel educativo, el transporte escolar y otros servicios, como médicos o nutricionales, están sujetos al límite global de deducciones, que es del 15 por ciento de los ingresos brutos del contribuyente o cinco veces la UMA anual, lo que sea menor.

KGA

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