El lunes 20 de marzo es descanso obligatorio de acuerdo con el artículo 74 de la Ley Federal del Trabajo en conmemoración del natalicio de Benito Juárez, el 21 de marzo, por lo que las personas que laboren ese día deberán recibir un pago superior al otorgado normalmente. Si este es tu caso y tu patrón o empresa se niegan a pagarte de acuerdo a lo que manda la ley, aquí te decimos qué puedes hacer.
¿Qué dice la ley sobre trabajar en día festivo?
De acuerdo con el artículo 75 de la Ley Federal del Trabajo, cuando el trabajador labore los días de descanso semanal o los días de descanso obligatorio, el patrón deberá pagar al trabajador, independientemente del salario que le corresponda por el descanso, un salario doble por el servicio prestado.
Es decir, que el trabajador deberá recibir el salario del día normal más el doble.
“Los trabajadores quedarán obligados a prestar los servicios y tendrán derecho a que se les pague, independientemente del salario que les corresponda por el descanso obligatorio, un salario doble por el servicio prestado, dice la ley.
¿Qué hago si no me pagan triple en mi trabajo?
En caso de que tu patrón o empresa se niegue a darte el pago correspondiente por laborar el lunes 20 de marzo, que es día de asueto obligatorio, puedes acudir a la Procuraduría Federal de la Defensa del Trabajo (Profedet), donde un abogado te brindará asesoría legal, gratuita y personalizada.
Las oficinas centrales de la Profedet se encuentran en Dr. José María Vertiz 211, colonia Doctores, Ciudad de México.
También puedes comunicarte a los teléfonos: 800 717 2942 y 800 911 7877.
¿Cuánto tiempo tengo para reclamar si no me pagan?
El trabajador cuenta con un año a partir de que ésta sea exigible.
PGG