Cuándo es la FECHA LíMITE para el reparto de utilidades 2023

El reparto de utilidades 2023 ya está cerca. ¡Te decimos cuál es la fecha límite para recibir el pago!

Fecha límite para el reparto de utilidades 2023 / Especial
Ciudad de México /

El reparto de utilidades 2023 está cada vez más cerca. Esta es una prestación que deben recibir todos los empleados, pues es un derecho constitucional.

El pago de utilidades se debe realizar entre los meses de abril y junio, dependiendo si se trata de personas morales o físicas.

¿Cuál es la fecha límite para el pago de utilidades?

De acuerdo con la Procuraduría de la Defensa del Trabajo (Profedet), las empresas tienen la obligación de entregar las utilidades desde el 1 de abril hasta el 31 de mayo.

En tanto, las personas físicas deben realizar el pago de esta prestación a partir del 1 de mayo y tienen hasta el 30 de junio para entregarla.

¿Qué hacer si no recibo el pago de utilidades?

En el caso de no recibir el pago de utilidades, la Profedet pone a disposición los teléfonos 01 800 71 72 942 y 01 800 911 78 77, así como el correo electrónico orientacionprofedet@stps.gob.mx, para realizar la denuncia.

Además, puedes acudir de manera personal a cualquiera de sus 48 oficinas en todo el país.

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¿Cuánto tiempo tengo que trabajar para recibir utilidades?

De acuerdo con la Secretaría del Trabajo y Previsión Social (STPS) los trabajadores tienen derecho a recibir utilidades a partir de 60 días laborados con una empresa o patrón.

¿Cuánto me toca de utilidades 2023?

La ley establece que las empresas deben distribuir 10 por ciento de sus ingresos obtenidos durante el año anterior, entre los trabajadores. Para determinar cuánto le corresponde a cada trabajador se toma en cuenta lo siguiente:

  • Los días trabajados (incluyendo incapacidades, periodos de maternidad, vacaciones, permisos y feriados).
  • El nivel de ingresos.

La primera se repartirá por igual entre todos los empleados de la empresa y la cantidad se define a partir del patrón de conformidad con el porcentaje que determine la Comisión Nacional para la Participación de los Trabajadores en las Utilidades de las Empresas (el cual a la fecha asciende al 10 por ciento de las utilidades netas).


La segunda se repartirá en proporción al monto de los salarios devengados por el trabajo prestado durante el año al que refiere el pago de la prestación.




ZNR

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