Cómo tramitar el RFC para migrantes en el SAT

Al momento, más de 5 mil migrantes han tramitado su registro ante el organismo; la intención de la dependencia es dar atención amigrantes residentes temporales o permanentes, refugiados en México y mexicanos repatriados.

Especial
Ciudad de México /

En 2022, el Servicio de Administración Tributaria (SAT) implementó un nuevo mecanismo para que grupos de migrantes puedan realizar diversos trámites en sus oficinas, incluyendo la inscripción de personas físicas; en TELEDIARIO te decimos cómo hacer este proceso.

De acuerdo con la autoridad tributaria, entre febrero de 2022 y julio de 2023, se atendió a más de 5 mil migrantes que tramitaron su Registro Federal de Contribuyentes (RFC) como personas físicas.

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Este mecanismo tiene como fin brindar atención prioritaria a migrantes residentes temporales o permanentes, refugiados en México, así como mexicanos repatriados o en retorno.

Bajo este esquema puesto en marcha en febrero de 2022, estos grupos pueden presentar diversos trámites en las oficinas del SAT, de los cuáles la inscripción de personas físicas concentra 98 por ciento del total de atenciones.

¿Cómo solicitar tu RFC si eres migrante?

El organismo tributario explicó que las personas interesadas en inscribirse ante el RFC podrán acudir a cualquier oficina del SAT con previa cita agendada en su portal de citas, y presentar la siguiente documentación:

  • Documento migratorio emitido por el Instituto Nacional de Migración (INM) para acreditar su estancia en territorio nacional, mismo que servir como identificación oficial:
  • Tarjeta de residente permanente
  • Tarjeta de residente temporal
  • Tarjeta de visitante por razones humanitarias
  • Tarjeta de visitante con permiso para realizar actividades remuneradas
  • Tarjeta de visitante trabajador fronterizo o Tarjeta de residente temporal estudiante
  • Comprobante de domicilio del lugar donde vive, con antigüedad no mayor a cuatro meses.
  • Clave Única de Registro de Población (CURP) temporal con fotografía, la cual se tramita ante las oficinas de representación del Instituto Nacional de Migración (INM), misma que puede ser utilizada como identificación oficial.

Extranjero con calidad de refugiado:

  • CURP temporal con fotografía, la cual se tramita ante las oficinas de representación de la Comisión Mexicana de Ayuda a Refugiados (COMAR) o del Instituto Nacional de
  • Migración (INM).
  • Documento de reconocimiento de calidad de refugiado emitido por la COMAR.
  • Comprobante de domicilio del lugar donde vive, con antigüedad no mayor a cuatro meses.
  • En caso de mexicanos repatriados:
  • CURP temporal con fotografía.
  • Comprobante de domicilio del lugar donde vive, con antigüedad no mayor a cuatro meses.
  • Credencial para votar desde el extranjero emitida por el Instituto Nacional Electoral (INE).

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¿Cómo solicitar el RFC para mexicanos que regresaron al país?

Para este caso, el servicio solicitará a los interesados:

  • CURP permanente, la cual se tramita en el Registro Civil o ante las Oficinas
  • Consulares de México en el exterior.
  • Acta de nacimiento o carta de naturalización en original.
  • Comprobante de domicilio del lugar donde vive, con antigüedad no mayor a cuatro meses.
  • Credencial para votar desde el extranjero emitida por el Instituto Nacional Electoral (INE).

Aquellas personas extranjeras que no cuenten con autorización para desempeñar una actividad remunerada, pero que requieran el RFC para otros fines, podrán exhibir un escrito libre en el que manifiesten, bajo protesta de decir verdad, los motivos por los que requieren su inscripción en el Registro Federal de Contribuyentes.


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