Como parte de los cambios fiscales de este 2022, el Servicio de Administración Tributaria (SAT) indicó que las personas físicas que tributan actualmente en el Régimen de Incorporación Fiscal (RIF) y que desean permanecer en éste, deberán presentar su aviso a más tardar el 31 de enero.
¿Cómo permanecer en el RIF?
Por tal motivo, se habilitará en el portal en el Portal del SAT, dentro del apartado Trámites del RFC/Actualización del RFC, la opción Presenta el aviso de actualización de actividades económicas y obligaciones.
En dicha opción, aparecerá la pregunta ¿Optas por continuar pagando tus impuestos en el Régimen de Incorporación Fiscal?, en donde deberá ser seleccionada la opción “Sí, opto por continuar en el Régimen de Incorporación Fiscal”.
Podrán permanecer en este régimen aquellas personas físicas cuyos ingresos no excedan los dos millones de pesos al año, a lo que el SAT sumó que no podrán inscribirse en éste nuevos contribuyentes. Las personas que elijan continuar con el RIF, podrán seguir tributando hasta que concluyan los años de tributación de dicho régimen.
Si tributan en el RIF y presentan el aviso para permanecer tributando en este régimen y posteriormente deciden cambiar al Régimen Simplificado de Confianza en el mismo año, esto podrá realizarse siempre y cuando la persona cumpla con los requisitos.
En tanto, precisó que si se elige el Régimen Simplificado de Confianza y la persona tiene beneficios pendientes del RIF, podrán aplicar los acreditamientos, deducciones y solicitar en devolución los saldos a favor pendientes, a más tardar en su declaración anual del ejercicio fiscal 2022, pues después de este ejercicio no podrán efectuarse los acreditamientos.
¿Qué es el Régimen Simplificado de Confianza?
Este régimen establece cuotas fijas basadas en los ingresos y elimina la necesidad de realizar cinco trámites y llevar registros de contabilidad con terceros para cumplir con las obligaciones en materia del Impuesto sobre la Renta (ISR), al pasar a un cálculo automatizado con información pre-cargada.
El Régimen Simplificado de Confianza es un régimen optativo, por lo que, si así lo decide el contribuyente, podrá continuar tributando en el régimen de actividades empresariales y profesionales, o bien, cambiar de régimen a partir del 1 de enero de 2022.
lvm