En un esfuerzo por simplificar el proceso fiscal para algunos contribuyentes, el Servicio de Administración Tributaria (SAT) de México anunció que ciertos contribuyentes estarán exentos de presentar su declaración anual. Aquí en TELEDIARIO te damos los detalles.
Esta facilidad busca reducir la carga administrativa de aquellos contribuyentes que operan en sectores específicos de la economía.
¿Qué es la declaración anual del SAT?
La declaración anual es una obligación fiscal en México en la que los contribuyentes reportan al SAT sus ingresos, gastos y deducciones del año anterior. Este proceso permite al SAT calcular los impuestos a pagar o devolver en caso de saldo a favor.
Aunque es obligatoria para la mayoría de los contribuyentes, algunas facilidades, como las ofrecidas a algunos contribuyentes, permiten a ciertos sectores presentar únicamente algunos requisitos, eximiéndolos de la anual.
¿Quiénes estarán exentos de hacer su declaración anual ante el SAT?
De acuerdo con el SAT, los contribuyentes que pertenezcan al Régimen Simplificado de Confianza (Resico) y se dediquen a actividades relacionadas con la agricultura, ganadería, pesca o silvicultura podrán dejar de presentar su declaración anual.
Sin embargo, deberán continuar presentando sus declaraciones mensuales para cumplir con sus obligaciones fiscales.
Adicionalmente, aquellos que sean socios o accionistas de uniones de crédito o sociedades cooperativas de producción también podrán acceder a esta facilidad, siempre que no hayan aplicado la exención mencionada en el artículo 74 de la Ley del Impuesto sobre la Renta (LISR).
¿Qué es el Resico?
El Resico es un esquema tributario en México diseñado para facilitar el cumplimiento fiscal a personas físicas y empresas con ingresos limitados. Este régimen permite una carga fiscal reducida y una simplificación en el proceso de declaración, ofreciendo menores tasas impositivas y una estructura menos complicada.
Se enfoca en pequeñas empresas y contribuyentes dedicados a actividades agropecuarias, de pesca, ganadería y silvicultura, entre otros.
Requisitos para volver al Resico
Asimismo, los contribuyentes personas físicas que hayan salido del Resico y deseen reingresar a este régimen también podrán ser eximidos de la declaración anual presentando un caso de aclaración ante el SAT antes del 31 de diciembre de 2024. Alternativamente, podrán realizar un aviso de actualización de actividades en el portal del SAT a partir del 1 de enero de 2025.
Con esta medida, el SAT busca fomentar el cumplimiento tributario de manera accesible y confiable para sectores con menor capacidad administrativa y fiscal, promoviendo así una mayor formalidad y sostenibilidad económica.
AFV