SAT te puede multar con hasta 2 millones de pesos por esta razón

El Sistema de Administración Tributaria (SAT) aplica multas por incumplir con las obligaciones fiscales que se deben presentar en marzo y abril.

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Ciudad de México /

El Sistema de Administración Tributaria (SAT) aplica multas por incumplir con las obligaciones fiscales que se deben presentar en marzo y abril.

La declaración anual 2023 correspondiente al ejercicio fiscal 2022 se debe presentar en tiempo y forma, de acuerdo con lo establecido con el SAT, de lo contrario, los contribuyentes pueden ser acreedores a multas económicas e incluso podrían ir a prisión.


Multas por no activar el Buzón Tributario

Asimismo, en caso de que no actives tu Buzón Tributario, podrías recibir una multa mayor a los 10 mil pesos, principalmente quienes tributan en RESICO. Además, en caso de no hacerlo a más tardar el 31 de marzo de 2023, el SAT podría sacarte del régimen y ya no podrías volver a tributar en el mismo.

Multas por sobrepasar límite de transferencias

Otras multas que se aplican son para quienes reciben y realizan muchas transferencias. El SAT establece un límite monetario en las transacciones móviles y, en caso de sobrepasarlo, se deben pagar comisiones por el IDE, que se aplica a los depósitos en efectivo, al exceder los 15 mil pesos mensuales.

El impuesto que se aplica a los depósitos en efectivo de más de 15 mil pesos se calcula multiplicando el importe que supera el monto límite por una tasa de tres por ciento.

¿Quiénes y por qué pueden ser sancionados con 2 millones de pesos?

Por su parte, las empresas o fideicomisos tienen que recopilar y reportar al SAT la información detallada de sus beneficiarios controladores, de acuerdo con el artículo 32-B del Código Fiscal de la Federación (CFF). Y en caso de hacerlo, recibirán una multa económica importante, ya que un beneficiario controlador es quién se beneficia de su participación en una persona moral, fideicomiso o cualquier figura jurídica.

A partir del 1 de enero de 2022 se puso en vigor una nueva obligación que aplica para las personas morales, fiduciarias, fideicomitentes o fideicomisarios, también las partes contratantes o integrantes de figuras jurídicas, ya que deben tener la información actualizada de sus beneficiarios controladores.


El SAT puede solicitar la información en cualquier momento y el plazo de entrega es de 15 días hábiles, con la posibilidad de extenderse 10 días más. En caso de no cumplir, se pueden tener las siguientes sanciones: 

  • Multas desde los 500 mil pesos hasta los dos millones de pesos por cada beneficiario controlador.
  • La Opinión de cumplimiento de obligaciones fiscales se emitirá en negativo.
  • Reportar información de manera incorrecta es considerado un delito penal y se castiga hasta con tres años de cárcel.


ZNR

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