¿Me tocan utilidades si soy nuevo en el trabajo?

¿Tienes poco trabajando en un lugar? Aquí te decimos si te corresponden utilidades.

Reparto de utilidades 2023 | Shutterstock
Ciudad de México /

El reparto de utilidades es una prestación que deben recibir todos los trabajadores, pues es un derecho constitucional. El pago debe realizarse entre abril y junio, dependiendo si se trata de personas físicas o morales.

Aunque todos tienen derecho a esta prestación, no todos los empleados reciben la misma cantidad. Esto se determina por el sueldo percibido y por los días trabajados durante ese período.


¿Me tocan utilidades si soy nuevo en el trabajo ?

Si trabajaste al menos 60 días durante el año a repartir, ya sea en forma continua o discontinua, debes recibir utilidades.

No importa si ya no trabajas ahí o tu contrato fue por obra o tiempo determinado, tienes un año -a partir de la fecha límite de entrega- para cobrar tus utilidades.

¿Quiénes NO tienen derecho a recibir esta prestación?

  • Los trabajadores domésticos;
  • Los trabajadores eventuales que hayan trabajado menos de sesenta días en el ejercicio;
  • Directores, Administradores y Gerentes Generales, así como socios o accionistas de la empresa
  • Profesionistas técnicos y otros que, mediante el pago de honorarios presten sus servicios, sin existir una relación de trabajo subordinado


¿Cuándo debe efectuarse el reparto de utilidades?

De acuerdo con la Procuraduría de la Defensa del Trabajo (Profedet), las empresas tienen la obligación de entregar las utilidades desde el 1 de abril hasta el 31 de mayo.

En tanto, las personas físicas deben realizar el pago de esta prestación a partir del 1 de mayo y tienen hasta el 30 de junio para entregarla.

¿Qué empresas NO están obligados a realizar el reparto de utilidades?

  • Las empresas de nueva creación
  • Las instituciones de asistencia privada que con bienes de propiedad particular ejecutan actos con fines humanitarios de asistencia, sin propósitos de lucro y sin designar individualmente a los beneficiarios;
  • El IMSS y las instituciones públicas descentralizadas con fines culturales, asistenciales o de beneficencia;
  • Las empresas que tengan un capital menor al que fije la Secretaría del Trabajo y Previsión Social por ramas de la industria.

ZNR

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