El reparto de utilidades se ha mantenido en tendencia durante los últimos meses, pues es cuando las empresas comienzan a hacer entrega de esta prestación a la que los trabajadores tienen derecho por ley. Si todavía no te han entregado el dinero correspondiente, es normal comenzar a tener dudas.
Por ello, aquí en TELEDIARIO te explicamos las fechas claves para el reparto de las utilidades y qué es lo que se debe de hacer si la empresa o patrón no cumple con esta prestación de ley.
¿El obligatorio recibir utilidades?
Como lo mencionamos, el reparto de utilidades se encuentra estipulado en la ley, pues, según el gobierno de México, se trata de un derecho constitucional para los trabajadores. Con éste, los empleados de una empresa o patrón reciben parte de las ganancias de la actividad productiva o servicios que una compañía ofrece en el mercado.
“Es un derecho constitucional de la población trabajadora, que proporciona un trabajo personal subordinado a una persona física o moral a cambio de un salario, por lo que tiene derecho a participar de las ganancias obtenidas por el patrón o la empresa, siempre y cuando éstas se generen”.
¿Cuál es la fecha límite de la entrega de utilidades en 2024?
Los trabajadores deben de tener en cuenta dos fechas como las límites para que su empresa o patrón le entregue las utilidades. ¿Cuál me toca? Eso depende de ante quién estés empleado, pues no es lo mismo tener contrato con una persona moral (una empresa) que con una persona física (también llamado patrón).
- En el caso de las personas contratadas por una persona moral (una empresa), la fecha límite para recibir las utilidades en 2024 es el viernes 31 de mayo (el último día hábil del quinto mes).
- Mientras, aquellas personas que trabajen para una persona física (patrón) pueden recibir sus utilidades a más tardar el viernes 28 de junio (el último día hábil del mes).
¿Cuáles trabajadores reciben utilidades?
De acuerdo con el gobierno de la Ciudad de México, todos los trabajadores tienen derecho a la repartición de utilidades, exceptuando directores, administradores, gerentes, socios, accionistas, trabajadores eventuales que hayan laborado menos de 60 años y prestadores de servicios profesionales.
Cabe destacar que en los siguientes casos tampoco se entregan utilidades:
- Cuando es una empresa de nueva creación y el actual es su primer año de funcionamiento
- Cuando es una empresa nueva dedicada a la elaboración de un producto novedoso
- Cuando es una empresa nueva de la industria de extracción y se encuentra en la etapa de exploración
- Cuando es una institución de asistencia privada reconocida por las leyes
- Cuando es una empresa como el IMSS o alguna otra pública con fines culturales, asistenciales o de beneficencia.
¿Dónde denuncio si no recibo utilidades?
Según el Servicio de Administración Tributaria (SAT), aquellos trabajadores que, pasada la fecha límite, no hayan recibido utilidades, deben hacer su denuncia enviando un correo electrónico a la dirección inspeccionfederal@stps.gob.mx o, en su caso, acudir a la Procuraduría de la Defensa del Trabajo para recibir asesoramiento.
KT