Ricardo Arjona recibirá una indemnización por la empresa automotriz Toyota por utilizar y modificar una de sus canciones sin su consentimiento, para una campaña publicitaria en 2014, confirmó la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN).
La Primera Sala del máximo tribunal del país ratificó, durante la sesión pública que se llevó a cabo el pasado miércoles, el fallo de un Tribunal Unitario de Circuito dictado en diciembre de 2020 en contra de Toyota Motor Sales de México y Distribuidores Toyota de México por violar la Ley Federal del Derecho de Autor.
“Esta Primera Sala considera que efectivamente existió una alteración a la obra original Jesús es Verbo No Sustantivo cuya autoría se atribuya a Ricardo Arjona, por lo que debe otorgarse valor probatorio pleno a dictamen emitido por el perito designado por el actor, no así por lo que hace al rendido por el perito de Toyota", expone el proyecto de sentencia.
¿Cuánto deberá pagar Toyota a Ricardo Arjona?
El único punto que no avalaron los ministros de la SCJN fue respecto al monto de indemnización, pues la resolución del Tribunal ordenaba que la compañía automotriz tenía que pagar a Arjona el 40 por ciento de ingresos por las ventas de los modelos Camry, RAV-4 y Sienna, en el periodo que va de octubre a diciembre de 2014.
La Primera Sala del máximo tribunal del país determinó que será el propio Tribunal Unitario, con ayuda de peritos especialistas, el que deberá fijar el monto de indemnización a Ricardo Arjona.
Toyota usó sin permiso una canción Ricardo Arjona para una campaña
Toyota lanzó una campaña publicitaria en 2014 para promocionar el ‘Toyotathon’, para lo cual, la compañía automotriz usó la canción Jesús, verbo no sustantivo, de Ricardo Arjona, sin su permiso.
Toyota no sólo usó la canción, lanzada en 1993 en el álbum del cantante Animal Nocturno, sino la modificó para fines de la campaña comercial.
ZNR