El 8 de marzo el Congreso de Guatemala aprobó endurecer las penas de cárcel por aborto y declaró que estará prohibido el matrimonio entre personas del mismo sexo; asimismo, la educación sobre diversidad sexual.
De acuerdo a los conservadores oficialistas, la nombrada ‘Ley para la Protección de la Vida y la Familia’ sancionará con hasta 10 años de cárcel a toda mujer que se provoque el aborto, mientras que todo aquel que practique maniobras abortivas, podría ser acreedor de una condena de hasta 50 años.
- Economía
Cabe mencionar que en Guatemala sólo está permitido el denominado aborto terapéutico, que procede cuando está en peligro la vida de la madre y del cual, ahora tendrán un mayor control, según la nueva ley.
Al respecto, el diputado Armando Castillo del partido VIVA, mencionó que “mientras otros países avanzan en la aprobación de leyes abortistas y en leyes que degeneran el concepto original de familia, esta iniciativa pasa a ser una ley importante para la sociedad guatemalteca".
Además, la congresista Lucrecia Hernández señaló que toda mujer que decide llevar a cabo un aborto “aplica automáticamente la etiqueta de sospechosa”, ya que de acuerdo a la congresista, se estará criminalizando y penalizando los abortos espontáneos.
Por otra parta, se reformó el Código Civil para prohibir el matrimonio entre personas del mismo sexo. Además, estará prohibido que las entidades educativas públicas y privadas “promuevan a la niñez y adolescencias, políticas o programas que tiendan a desviar su identidad según su sexo al nacer”.
Esta decisión fue tomada porque según los diputados, hay “grupos minoritarios de la sociedad guatemalteca" que proponen "modelos de conducta y convivencia distintos al orden natural del matrimonio y de la familia”.
Sin embargo, dicha ley no es aprobada por todos, ya que el diputado Walter Félix mencionó, que se “están violentando los derechos humanos a importantes sectores de la población”, ya que es una ley discriminatoria que podría incitar al odio.
MRG