ESPECIAL.- El departamento de Seguridad Nacional recordó cuáles son los "viajes esenciales" que están permitidos ante las restricciones en la frontera entre México y Estados Unidos por el Covid-19
Las autoridades de ambas naciones informaron que las limitaciones continuarán por 30 días más.
A través del cruce vía terrestre se permitirá el ingreso a:
• Ciudadanos estadounidenses y residentes legales permanentes que regresan a los Estados Unidos;
• Personas que viajan con fines médicos (por ejemplo, para recibir tratamiento médico en el
Estados Unidos);
• Individuos que viajan para asistir a instituciones educativas;
• Personas que viajan para trabajar en los Estados Unidos (por ejemplo, personas que trabajan en el
industria agrícola o agrícola que debe viajar entre los Estados Unidos y México en
promoción de tal trabajo);
• Personas que viajan con fines de respuesta a emergencias y de salud pública (por ejemplo,
funcionarios del gobierno o personal de emergencia que ingresan a los Estados Unidos para apoyar
esfuerzos del gobierno federal, estatal, local, tribal o territorial para responder a COVID-19 o
otras emergencias);
• Personas involucradas en el comercio transfronterizo legal (por ejemplo, conductores de camiones que apoyan
movimiento de carga entre los Estados Unidos y México);
• Personas involucradas en viajes oficiales del gobierno o viajes diplomáticos;
• Miembros de las Fuerzas Armadas de los EE. UU., Y los cónyuges e hijos de los miembros de los EE. UU.
Fuerzas Armadas, regresando a los Estados Unidos; y
• Personas involucradas en viajes u operaciones relacionadas con el ejército.
¿A quiénes no?
El DHS señaló que los que no entran dentro de viaje esencial son los viajes con fines turísticos.
"Los siguientes viajes no entran dentro de la definición de "viaje esencial": Personas que viajan con fines turísticos (por ejemplo, turismo, recreación, juegos de azar o
asistir a eventos culturales)".