Además de mediación, 21 puntos más: Ortiz

“No se les otorgó el mismo peso mediático que al tema sobredimensionado”.

Nacional /

Con fundamento en el artículo 6 de la Constitución, en ejercicio del derecho de réplica, me permito hacer las siguientes aclaraciones, sobre la nota principal de la primera plana “Mediación con bandas, plan para pacificar” de su periódico publicado el día 10 de julio.

Desafortunadamente, este título es una sobredimensión mediática de uno de los muchos puntos abordados durante la entrevista. El comentario preciso, tal como se menciona en el primer párrafo de las ocho columnas de la página 6 es el siguiente “la mediación con bandas delictivas antagónicas como una de las acciones para lograr la pacificación de país”.

Asimismo, en el segundo párrafo de la misma página se puede leer lo siguiente: “la mediación estaría considerada entre los medios alternativos de solución de controversias previstos en el artículo 17 constitucional.

”Ahora bien, los demás temas que abordé durante la entrevista y a los cuales no se le otorgó el mismo peso mediático que al tema sobredimensionado de la mediación fueron los siguientes:

1. Las acotaciones a la propuesta ley de amnistía.

2. El entendimiento de la ley de amnistía como uno de los mecanismos de justicia transicional.

3. La lógica detrás de los propuestos beneficiarios de la ley de amnistía.

4. Reiteración de que la amnistía no significa impunidad.

5. Acusados y perseguidos por “delitos políticos”, el Dr. Mireles y Nestora Salgado.

6. Delitos y crímenes no amnistiables bajo ningún supuesto.

7. Alcance de la convocatoria nacional de consulta a víctimas.

8. Enfoque territorial de las consultas en razón a la geolocalización de focos de violencia.

9. Consulta ciudadana a diferentes sectores de la población, incluyendo a la niñez.

10. Consulta inclusiva a todas las organizaciones no gubernamentales nacionales.

11. Consulta a expertos y organizaciones internacionales.

12. El destino de los insumos de la consulta serán políticas públicas encaminadas a resolver los problemas sociales en aras de propiciar la reconciliación nacional.

13. El proyecto de reformas para eliminar la libertad bajo fianza de huachicoleros y asaltantes de ferrocarriles.

14. Los pilares y componentes de la justicia transicional.

15. La amnistía como uno de los elementos de la justicia transicional.

16. La importancia de atender las causas sociales del conflicto.

17. La necesidad de dar oportunidades y alternativas a personas cooptadas por el crimen organizado.

18. La importancia de la justicia, verdad, reparaciones y garantías de no repetición en el proceso de reconciliación nacional.

19. La relación entre la justicia transicional y la mejora de la seguridad pública.

20. Permanecer en el ámbito de la licitud: condición invariable de los acuerdos referentes a la reconciliación.

21. Horizontalidad y coordinación de las acciones de reconciliación nacional.

 

Ahora bien, a manera de aclaración quisiera hacer hincapié en los siguientes dos puntos.

1. Como ha sido afirmado por el propuesto titular de la nueva Secretaría de Seguridad Pública, el Dr. Alfonso Durazo, ésta actuará conforme a diez líneas estratégicas durante el próximo sexenio y el proceso de pacificación del país es una de ellas.

2. A su vez, el proceso de pacificación del país y de reconciliación nacional se compone de varias acciones transversales que se complementan e interrelacionan entre sí dentro de un marco de justicia transicional, una de ellas es la mediación comunitaria.

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