MÉXICO.- Una ministra de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) admitió a trámite las acciones de inconstitucionalidad contra las modificaciones a la Ley Federal de Remuneraciones de Servidores Públicos que realizó el Congreso de la Unión y que entraron en vigor en abril, pero rechazó frenar sus efectos
La ministra Yasmín Esquivel Mossa indicó que en acciones de inconstitucionalidad no procede otorgar la suspensión tal y como lo solicitó el Senado de la República, criterio que es distinto al adoptado por el ministro Alberto Pérez Dayán, quien sí concedió la suspensión en la acción de inconstitucionalidad que acaba de terminar de discutir la Corte sobre la primera emisión de la citada ley, situación que enfrentó al Alto Tribunal con el presidente Andrés Manuel López Obrador.
“En lo que respecta a la solicitud de suspensión formulada por los Senadores accionantes, debe señalarse que tanto en controversias constitucionales cuando se impugnan normas generales, como en acciones de inconstitucionalidad, no existe la posibilidad jurídica de conceder dicha medida cautelar. En consecuencia, dado que en los citados medios de control de la constitucionalidad de normas generales, éstas no pueden ser objeto de suspensión, no procede conceder dicha medida cautelar”, indicó el acuerdo de la ministra.
Las nuevas acciones fueron promovidas por la Comisión Nacional de Derechos Humanos y el Senado cuando el pleno discutía la acciones presentadas contra la primera emisión de la ley, a la que sólo se le invalidaron dos artículos, lo que derivó en que se ordenara al Congreso legislar nuevamente sobre el tema para que fije claramente los criterios para establecer el sueldo del titular del Ejecutivo Federal.
El 7 de diciembre de 2018, Pérez Dayán admitió a trámite la acción de inconstitucionalidad que presentó la minoría del Senado representada por el PRI, PAN, PRD y Movimiento Ciudadano, además del senador Emilio Álvarez Icaza, quienes solicitaron la suspensión. "Con el fin de preservar la materia del juicio y evitar que se cause un daño irreparable”, procedía a conceder la suspensión solicitada “para el efecto de que las remuneraciones que perciban los servidores públicos de los Poderes de la Unión y de todos los demás entes públicos para el ejercicio de 2019, no sean fijados en términos de la ley reclamada, hasta en tanto se resuelva el fondo de la controversia”, señaló en su acuerdo Pérez Dayán.
Lo anterior obligó al Congreso de la Unión elaborar el Presupuesto de Egresos de la Federación 2019, igual que lo hizo con el ejercicio fiscal 2018, con base a los artículos 75, 94 y 127 de la Constitución, así como tercero transitorio del decreto de reforma constitucional publicado en el Diario Oficial de la Federación en 2009, donde se estableció el sueldo del presidente de la República como tope.
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