CDMX. – En la Ciudad de México, cada una de las 16 alcaldías deberá contar mínimo con una Casa de Emergencia para mujeres víctimas de violencia, esto de acuerdo con las modificaciones al artículo 49 de la Ley de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia de la Ciudad.
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Para ello deberán contemplar en su Plan de Egresos de cada año lo establecido en la presente ley para la instalación progresiva, operatividad y/o el mantenimiento de la o las respectivas Casas de Emergencia y por su parte el Congreso capitalino deberá considerar la asignación de recursos a las alcaldías en cada ejercicio fiscal para tal fin.
Dicha medida fue publicada este sábado en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México, en donde además se estableció que si la mujer víctima de violencia, sus hijas, o cualquier persona que dependa de ella es de origen indígena, extrajeras, de la tercera edad, con alguna discapacidad, o alguna condición económica cultural o social que les afecte de manera directa y cause un daño grave en su dignidad humana se deberá de tomar medidas integrales.
PGG