MÉXICO.- El presidente Andrés Manuel López Obrador celebró que en la Cámara de Diputados se haya aprobado la reforma constitucionale para acotar el fuero presidencial y establecer la posibilidad de imputarlo y juzgarlo no sólo por traición a la patria y delitos graves, sino también por hechos de corrupción, delitos electorales y cualquier otro acto ilícito.
En La Mañanera de hoy, en Palacio Nacional, el mandatario estimó que en el Senado ocurra lo mismos al ser turnada para su análisis y eventual ratificación al considerar que no cree que haya problema en esta ruta legislativa "y como es una reforma constitucional luego va a pasar a los Congresos locales para su aprobación definitiva".
"Buena noticia es que se aprobó ayer que se quite el fuero al Presidente y que el Presidente en funciones pueda ser juzgado por corrupción, delitos electorales y por cualquier delito como a cualquier otro ciudadano.
"Este es un hecho histórico, es quitar un fuero que existe desde 1857, algo que quedó establecido en la constitución de 1857 y se mantuvo en la de 1917 aún vigente. Ahora se decide quitar el fueron al Presidente", expresó.
López Obrador recordó que esta iniciativa se propuso "desde mucho tiempo de lucha desde la oposición" y que de llegar a ser Presidente se iba a terminar el fuero al Ejecutivo, lo que calificó como un hecho histórico.
Ayer la reforma fue aprobada con 420 votos a favor y 15 abstenciones, en la Cámara de Diputados. Tal como lo pidió el Presidente al Congreso de la Unión, dicha reforma se convirtió así en la primera en ser discutida y aprobada durante el recién iniciado periodo ordinario de sesiones de San Lázaro.
¿Por cuáles delitos podría ser juzgado un Presidente?
Un juez ordenará la prisión preventiva oficiosamente, en los casos de: Abuso o violencia sexual contra menores.
Delincuencia organizada.
Homicidio doloso.
Feminicidio
Violación.
Secuestro.
Trata de personas.
Robo de casa habitación.
Uso de programas sociales con fines electorales.
Corrupción, tratándose de los delitos de enriquecimiento ilícito y ejercicio abusivo de funciones.
Robo al transporte de carga en cualquiera de sus modalidades.
Delitos en materia de hidrocarburos, petrolíferos o petroquímicos.
Delitos en materia de desaparición forzada de personas y desaparición cometida por particulares.
Delitos cometidos con medios violentos como armas y explosivos.
Delitos en materia de armas de fuego y explosivos de uso exclusivo del Ejército, la Armada y la Fuerza Aérea.
Delitos graves que determine la ley en contra de la seguridad de la nación, el libre desarrollo de la personalidad, y de la salud.
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MÉXICO.- El presidente Andrés Manuel López Obrador celebró que en la Cámara de Diputados se haya aprobado la reforma constitucionale para acotar el fuero presidencial y establecer la posibilidad de imputarlo y juzgarlo no sólo por traición a la patria y delitos graves, sino también por hechos de corrupción, delitos electorales y cualquier otro acto ilícito.
En La Mañanera de hoy, en Palacio Nacional, el mandatario estimó que en el Senado ocurra lo mismos al ser turnada para su análisis y eventual ratificación al considerar que no cree que haya problema en esta ruta legislativa "y como es una reforma constitucional luego va a pasar a los Congresos locales para su aprobación definitiva".
"Buena noticia es que se aprobó ayer que se quite el fuero al Presidente y que el Presidente en funciones pueda ser juzgado por corrupción, delitos electorales y por cualquier delito como a cualquier otro ciudadano.
"Este es un hecho histórico, es quitar un fuero que existe desde 1857, algo que quedó establecido en la constitución de 1857 y se mantuvo en la de 1917 aún vigente. Ahora se decide quitar el fueron al Presidente", expresó.
López Obrador recordó que esta iniciativa se propuso "desde mucho tiempo de lucha desde la oposición" y que de llegar a ser Presidente se iba a terminar el fuero al Ejecutivo, lo que calificó como un hecho histórico.
Ayer la reforma fue aprobada con 420 votos a favor y 15 abstenciones, en la Cámara de Diputados. Tal como lo pidió el Presidente al Congreso de la Unión, dicha reforma se convirtió así en la primera en ser discutida y aprobada durante el recién iniciado periodo ordinario de sesiones de San Lázaro.
¿Por cuáles delitos podría ser juzgado un Presidente?
Un juez ordenará la prisión preventiva oficiosamente, en los casos de: Abuso o violencia sexual contra menores.
Delincuencia organizada.
Homicidio doloso.
Feminicidio
Violación.
Secuestro.
Trata de personas.
Robo de casa habitación.
Uso de programas sociales con fines electorales.
Corrupción, tratándose de los delitos de enriquecimiento ilícito y ejercicio abusivo de funciones.
Robo al transporte de carga en cualquiera de sus modalidades.
Delitos en materia de hidrocarburos, petrolíferos o petroquímicos.
Delitos en materia de desaparición forzada de personas y desaparición cometida por particulares.
Delitos cometidos con medios violentos como armas y explosivos.
Delitos en materia de armas de fuego y explosivos de uso exclusivo del Ejército, la Armada y la Fuerza Aérea.
Delitos graves que determine la ley en contra de la seguridad de la nación, el libre desarrollo de la personalidad, y de la salud.
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