Por Rubén Mosso
Un ministro de la Suprema Corte de Justicia de la Nación propondrá negar un amparo al narcotraficante y prófugo Rafael Caro Quintero, quien busca no ser extraditado a EU para ser juzgado por el homicidio del agente de la DEA, Enrique Camarena Salazar, cometido en Guadalajara, Jalisco, en 1985.
Arturo Zaldívar presentará un proyecto de sentencia donde plantea declarar la constitucionalidad de diversos artículos de la Ley de Extradición Internacional y del Tratado de Extradición firmado entre México y EU, los cuales impugnó el ex líder del cártel de Guadalajara.
De avanzar la propuesta del ministro, el asunto regresará a un tribunal colegiado que se encargará de los restantes agravios de legalidad que hizo valer el capo, entre ellos, la pruebas que se presentaron en su contra, declaraciones de testigos, por mencionar algunos; posteriormente, el tribunal resolverá si Caro debe ser entregado a EU.
El caso está previsto para ser analizado en abril próximo, después de un año cuatro meses de retraso; Caro Quintero interpuso recursos para demandar que el ministro Zaldívar no se hiciera cargo del caso, pero estos fueron declarados infundados.
Caro alegó que la solicitud de extradición es ilegal porque es contraria al artículo 23 constitucional y al artículo 14.7 Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos. Manifestó que él ya fue juzgado y absuelto por diversos tribunales del país.
El capo, por quien EU ofrece una recompensa de 5 millones de dólares, señaló que no es posible conceder a una persona a extradición cuando ya fue sometida a proceso o ha sido juzgada y condenada o absuelta por el país requerido por el mismo delito por el cual se solicita la extradición.
“Asimismo, argumentó que de las constancias de autos se desprende que él ya fue procesado y absuelto por un tribunal competente, por lo que no puede volver a cumplir otra pena por esos mismos hechos. Razón por la cual el juzgador de control constitucional debe aplicar la apariencia del buen derecho en términos del artículo 138 de la Ley de Amparo y conceder la suspensión del acto reclamado que se solicita”, enfatiza el proyecto.
Zaldívar propondrá a sus homólogos de la primera sala confirmar la resolución dictada por un juez federal de primera instancia, quien sostuvo que los artículos 2, 17, 18 y 22 de la Ley de Extradición, así como los artículos 10, 11 y 19 del Tratado de Extradición entre México y EU no son inconstitucionales.
Las fuerzas federales buscan a Rafael Caro Quintero para que termine de cumplir la sentencia de 40 años de prisión por asesinar al agente de la DEA, Enrique Camarena Salazar, y al piloto mexicano Alfredo Zavala Avelar.
En enero de 2015, un tribunal federal impuso la mencionada pena a Caro Quintero y a Ernesto Fonseca Carrillo, Don Neto, por ser penalmente responsables del secuestro y homicidio del agente y del piloto; por esa razón se ordenó reaprehender a Caro.
El tribunal dejó sin efecto el amparo otorgado a Rafael Caro Quintero el 9 de agosto de 2013 y que le permitió recuperar su libertad tras permanecer 28 años de prisión.
El tribunal mencionó que a Caro Quintero le faltaban 11 años y siete meses de prisión, mientras que a Fonseca Carrillo 10 años y dos meses.
La nueva condena la dictó el segundo tribunal unitario del tercer circuito en Guadalajara, Jalisco, en acato a las ejecutorias de los amparos 180/2011 y 101/2013, en las que se consideró penalmente responsables a Rafael Caro y Ernesto Fonseca por los delitos de privación ilegal de la libertad en la modalidad de secuestro y homicidio calificado.
Lo anterior, derivó en acato a la resolución dictada por la primera sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación el 6 de noviembre de 2013, la cual encontró inconsistencias en el amparo concedido al narcotraficante y demandó subsanar las deficiencias detectadas.