CNDH promueve cuatro acciones de inconstitucionalidad contra Guardia Nacional

De las cuatro impugnaciones promovidas por la Comisión Nacional de Derechos Humanos, la Corte admitió a trámite dos ayer.

CNDH promueve cuatro acciones de inconstitucionalidad contra Guardia Nacional
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La CNDH informó que son cuatro las acciones de inconstitucionalidad que promovió ante la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) respecto de las leyes de la Guardia Nacional sobre el Uso de la Fuerza, del Registro de Detenciones y del Sistema Nacional de Seguridad Pública, con el fin de coadyuvar a la consolidación del marco jurídico que rige la corporación.

“La CNDH pretende que las normas que facultan a las autoridades para hacer uso de la fuerza pública y a realizar detenciones de personas encaucen el ámbito de esa actuación para que, por un lado, el gobernado conozca cuál será la consecuencia jurídica de los actos que realice y, por otro, que el actuar de la respectiva autoridad se encuentre limitado y acotado y, en consecuencia, tenga certeza en dicha actuación”, explicó en un comunicado.

La CNDH dijo que busca que el marco jurídico que debe regir la actuación de la Guardia Nacional sea compatible con el parámetro de regularidad constitucional en materia de derechos humanos. “Para esta Comisión Nacional, las leyes impugnadas no regulan la totalidad de los elementos mínimos e indispensables que el texto de la Constitución estableció para el contenido de dichos ordenamientos, componentes básicos para el adecuado funcionamiento de la institución policial, por lo que estima que el Congreso de la Unión incurrió en diversas omisiones legislativas, respecto de las cuales la SCJN debe pronunciarse”, dice el documento.

Asimismo, el organismo sostuvo que no impugnó las leyes en su totalidad y además de señalar omisiones legislativas presentó argumentos sobre partes muy específicas de dichas leyes con la finalidad de que la Corte resuelva sobre su constitucionalidad y apego a los derechos humanos.

Entre los temas a revisar se enlistan la facultad para detener a los particulares, solicitarles información, intervenir sus comunicaciones privadas y localizar su posición geográfica en tiempo real, sin que exista denuncia alguna, para la prevención tanto de delitos, como de infracciones administrativas, afecta la privacidad e intimidad de las personas sin fundamento legal para ello.

Inspeccionar y vigilar la entrada y salida de personas en el país, así como verificar si los extranjeros que residen en el territorio cumplen con las obligaciones que establece la Ley de Migración transgreden los derechos de libertad de tránsito, seguridad personal, a la intimidad, de protección de datos personales, así como la prohibición de injerencias arbitrarias.

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