MÉXICO.- Con 19 votos a favor y una abstención, la Comisión de Puntos Constitucionales de la Cámara de Diputados aprobó el proyecto de reformas para acotar el fuero del Presidente de la República y establecer la posibilidad de imputarlo y juzgarlo por cualquier delito.
En ausencia de los legisladores del PAN, PRI y PRD, así como la abstención de Martha Tagle, de MC, las bancadas de Morena, PT y PES avalaron el dictamen y lo turnaron a la Mesa Directiva para programar su discusión en el pleno.
De acuerdo con las modificaciones y adiciones la artículo 108 constitucional, “durante el tiempo de su encargo, el Presidente de la República podrá ser imputado y juzgado por traición a la patria, hechos de corrupción, delitos electorales y todos aquellos delitos por los que podría ser enjuiciado cualquier ciudadano común”.
No obstante, para iniciar un proceso penal contra el titular del Ejecutivo será preciso acusarlo primero ante el Senado de la República.
“Para proceder penalmente contra el Presidente de la República, solo habrá lugar a acusarlo ante la Cámara de Senadores en los términos del artículo 110. En este supuesto, la Cámara de Senadores resolverá con base en la legislación penal aplicable”, señala el dictamen.
La presidenta de la Comisión de Puntos Constitucionales, Aleida Alavez, sostuvo que la reforma a la Constitución Política pone fin a la impunidad del Presidente de la República en turno, como lo planteó Andrés Manuel López Obrador en su iniciativa.
cog
MÉXICO.- Con 19 votos a favor y una abstención, la Comisión de Puntos Constitucionales de la Cámara de Diputados aprobó el proyecto de reformas para acotar el fuero del Presidente de la República y establecer la posibilidad de imputarlo y juzgarlo por cualquier delito.
En ausencia de los legisladores del PAN, PRI y PRD, así como la abstención de Martha Tagle, de MC, las bancadas de Morena, PT y PES avalaron el dictamen y lo turnaron a la Mesa Directiva para programar su discusión en el pleno.
De acuerdo con las modificaciones y adiciones la artículo 108 constitucional, “durante el tiempo de su encargo, el Presidente de la República podrá ser imputado y juzgado por traición a la patria, hechos de corrupción, delitos electorales y todos aquellos delitos por los que podría ser enjuiciado cualquier ciudadano común”.
No obstante, para iniciar un proceso penal contra el titular del Ejecutivo será preciso acusarlo primero ante el Senado de la República.
“Para proceder penalmente contra el Presidente de la República, solo habrá lugar a acusarlo ante la Cámara de Senadores en los términos del artículo 110. En este supuesto, la Cámara de Senadores resolverá con base en la legislación penal aplicable”, señala el dictamen.
La presidenta de la Comisión de Puntos Constitucionales, Aleida Alavez, sostuvo que la reforma a la Constitución Política pone fin a la impunidad del Presidente de la República en turno, como lo planteó Andrés Manuel López Obrador en su iniciativa.
cog